Revocación de la autorización de una Federación Deportiva Cántabra.
La autorización para la constitución de una Federación Deportiva Cántabra podrá ser revocada, en cualquier momento, por el mismo órgano que la otorgó, en aquellos supuestos en los que concurra alguna de las siguientes causas:
a) Desaparición o pérdida de los requisitos exigidos o modificación de las condiciones o criterios que dieron lugar a su otorgamiento.
b) Incumplimiento de alguno de los fines que motivaron su creación.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General de Deporte (DIR3: A06027824)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Deportes
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
La revocación de la autorización otorgada por la Administración autonómica para la constitución de una Federación Deportiva Cántabra exigirá la concurrencia de uno de los requisitos siguientes: desaparición o pérdida de los requisitos exigidos o modificación de las condiciones o criterios que dieron lugar a su otorgamiento o incumplimiento de alguno de los fines que motivaron su creación.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
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- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Presencial
-
Documentación
No cumplimentado
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Deporte. Servicio de Deporte
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC nº 134, de 11 de julio de 2000) y Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2002).
- Órgano que resuelve
- Consejero de Educación, Cultura y Deporte
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC nº 134, de 11 de julio de 2000).
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada
- Órgano
- Consejo de Gobierno.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (BOC 11 de julio de 2000).Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley 2/2000 (BOC 11 de julio de 2002).
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.