Revocación acreditación puntos de atención Cantabria Emprendedora.
Procedimiento revocación de oficio acreditación puntos de atención Cantabria Emprendedora
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion del Servicio Cantabro de Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Empresas
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Empleo y Seguridad social
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- No se han definido requisitos
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Presencial
-
Documentación
No existe
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Orden HAC/19/2013, de 2 de mayo de 2013, por la que se regulan los puntos de atención de Cantabria Emprendedora y el procedimiento para su acreditación.
- Órgano que resuelve
- Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
- Norma atributiva
Orden HAC/19/2013, de 2 de mayo de 2013, por la que se regulan los puntos de atención de Cantabria Emprendedora y el procedimiento para su acreditación.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Caducidad
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada.
- Órgano
- Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.
- Plazo
- Un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden HAC/19/2013, de 2 de mayo de 2013, por la que se regulan los puntos de atención de Cantabria Emprendedora y el procedimiento para su acreditación.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.