Registro de Pliegos del Etiquetado Facultativo de la Carne de Vacuno de Cantabria.
Establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, las medidas de aplicación del sistema de etiquetado facultativo de carne de vacuno previsto en la Sección II del Título II del Reglamento (CE) nº 1760/2000. Dichas medidas comprenden: a) Aprobar los pliegos de condiciones que presenten los agentes económicos u organizaciones con domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria; b) Autorizar los pliegos de condiciones y controlar el correcto cumplimiento de los mismos, sin perjuicio de los que correspondan a otros organismos competentes.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Pesca y Alimentacion (DIR3: A06004065)
- Clasificación
- Otros
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Ser agente económico u organización ubicada en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Secretaría General de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, sito en la Calle Albert Einstein, 2, 39011, Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002).
Documentación
Solicitud dirigida al Director/a General de Pesca y Alimentación, acompañada con la documentación establecida en el artículo 4 de la Orden de 7 de mayo de 2002, por la que se establece el sistema de etiquetado facultativo de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno en Cantabria (BOC nº 95, de 20 de mayo de 2002).
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Órgano directivo: Dirección General de Pesca y Alimentación. Unidad de dirección y coordinación de las actuaciones de organización y control: Servicio de Industria y Calidad Agroalimentaria
- Norma atributiva
Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca (BOC nº 60, de 27 de marzo de 2000) y Orden de 7 de mayo de 2002, por la que se establece el sistema de etiquetado facultativo de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno en Cantabria (BOC nº 95, de 20 de mayo de 2002).
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Pesca y Alimentación
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242, de 18 de diciembre de 2002) y Orden de 7 de mayo de 2002, por la que se establece el sistema de etiquetado facultativo de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno en Cantabria (BOC nº 95, de 20 de mayo de 2002).
- Plazo de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden de 7 de mayo de 2002, por la que se establece el sistema de etiquetado facultativo de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno en Cantabria (BOC nº 95, de 20 de mayo de 2002).
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.