Pruebas para la obtención del carné de operador industrial de calderas.
Procedimiento para la obtención del carné de operador industrial de calderas así como la regulación de la convocatoria de pruebas para su obtención.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Industria, Energia y Minas (DIR3: A06027837)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Empresas
- Energía e industria
- Consumo
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Ser mayor de edad.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- A determinar por resolución de la Dirección General con competencias en materia de Industria, en el caso de la solicitud para participar en la convocatoria de pruebas.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Presencialmente: En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio sita en el Parque Científico y Tecnológico de Cantabria, C/Albert Einstein, 2 de Santander o en cualquiera de los lugares a los que se hace referencia en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Electrónicamente: Mediante el Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".
Documentación
Solicitud según modelo normalizado SOL-POIC, fotocopia del DNI (en caso que no se autorice a la Administración para recabar esa información) y pago de la tasa de derechos de examen.
- Impresos
- Modelo SOL-POIC (Anexo II)
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Ordenación de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
- Norma atributiva
Orden INN/22/2014, de 30 de mayo, por la que se regulan las bases de las convocatorias de pruebas para la obtención del carné de operador industrial de calderas.
- Órgano que resuelve
- Dirección General de Industria, Energía y Minas.
- Norma atributiva
Orden INN/22/2014, de 30 de mayo, por la que se regulan las bases de las convocatorias de pruebas para la obtención del carné de operador industrial de calderas.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada.
- Órgano
- Consejero/a de Industria, Empleo, Innovación y Comercio.
- Plazo
- 1 mes.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias, ITC EP-1 aprobado por Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre.
-
Orden INN/22/2014, de 30 de mayo, por la que se regulan las bases de las convocatorias de pruebas para la obtención del carné de operador industrial de calderas.
Presentación
Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.