Permiso de apertura de sala de bingo.
Autorizar la apertura de una sala de bingo.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General de Seguridad y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Que la sala de bingo cuya apertura se solicite tenga concedida la autorización de instalación.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Quince días de antelación a la fecha prevista para la apertura.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
1. Licencia municipal de apertura.
2. Relación del personal que haya de prestar servicio en la sala de juego, acompañando copia de los contratos de trabajo.
3. Certificación suscrita por ingeniero sobre la idoneidad de todas las instalaciones y aparatos directamente relacionados con el desarrollo del juego.
4. Documento acreditativo de haber constituido fianza.
5. Libro de actas o las hojas de papel continuo del sistema informático para su diligenciamiento, y el libro de reclamaciones e incidencias.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Juego y Espectáculos.
- Norma atributiva
Decreto 122/1999, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Interior de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Norma atributiva
Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Plazo
- 1 mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
122/1999, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del juego del bingo.
-
de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego.
Presentación
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- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
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