Sede Electrónica

Instrucciones u órdenes del responsable o director del contrato al contratista.

Corresponde al responsable del contrato supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

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Datos generales

Consejería
Gobierno de Cantabria
Clasificación
Contratación pública
Materia(s)
Economía, Comercio y Patrimonio de las Administraciones Públicas
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Que se trata de un contrato del sector público, en fase de ejecución por un contratista, y que sea necesario dictar instrucciones al contratista para su correcta ejecución.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
NO
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

No se requiere documentación preceptiva

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Consejería o Consejerías afectadas, a través de sus responsables de los contratos.
Norma atributiva

Artículo 62 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En el caso de contratos de obras, además, Decreto 3854/1970, por el que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas generales para la contratación de obras del Estado (cláusulas 8 a 10).

Órgano que resuelve
Responsable del contrato.
Norma atributiva

Artículo 176.1 de la ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre.

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de alzada ante el órgano de contratación
Órgano
Órgano de contratación.
Plazo
1 mes desde el día siguiente al de la notificación de la orden o instrucción.

Normativa

Normativa aplicada

Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Decreto 3854/1970, por el que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas generales para la contratación de obras del Estado.

Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Pùblico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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