Sede Electrónica

Inscripción y registro de demandantes de empleo.

Es la solicitud de un puesto de trabajo que realiza un trabajador, desempleado o no, ante las Oficinas de Empleo de EMCAN-SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO, y que deberá renovar periódicamente en las fechas señaladas al efecto.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Economia, Hacienda y Fondos Europeos
Clasificación
Otros
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Estar en edad de trabajar y no estar imposibilitado para el trabajo.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
La inscripción como demandante de empleo se podrá realizar durante todo el año. La renovación de la demanda en las fechas previamente indicadas en el DARDE.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
En su aplicación específica
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Oficina de empleo de EMCAN-SERVICIO CÁNTABRO DE EMPLEO que corresponda por razón del domicilio.

Documentación

Españoles y nacionales de la Unión Europea o de un país firmante del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de la Confederación Suiza: D.N.I., pasaporte o Tarjeta de Identidad de extranjero; Nacionales de países no comunitarios: Tarjeta de identidad de extranjero o resolución que acredite el tipo de autorización que posee y N.I.E.; En ambos casos se deberá aportar justificantes de titulación académica o profesional si se está en posesión de alguna. Si el domicilio que figura en el documento de identificación no se encuentra en la Comunidad Autónoma de Cantabria, se deberá aportar, además, certificado de empadronamiento.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Oficina de Empleo
Norma atributiva

Decreto 103/2008, de 16 de octubre, de modificación de la estructura orgánica y relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Empleo y Bienestar Social (BOC de 12 de diciembre de 2008).

Órgano que resuelve
Director/a del Servicio Cántabro de Empleo
Norma atributiva

Ley 1/2003, de 18 de marzo, de creación del Servicio Cántabro de Empleo (BOC de 26 de marzo de 2003). Decreto 103/2008, de 16 de octubre, de modificación de la estructura orgánica y relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Empleo y Bienestar Social (BOC de 12 de diciembre de 2008).

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Consejero/a de Economía, Hacienda y Empleo.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es

Normativa

Normativa aplicada

Ley 53/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (BOE 17 de Diciembre de 2003).

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