Inscripción en los Juegos Deportivos Escolares del Gobierno de Cantabria.
En los Juegos Deportivos Escolares pueden participar los jóvenes en edad de escolarización obligatoria, integrados dentro de las estructuras de los centros escolares o de las entidades inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria. La participación es voluntaria. Son los centros y entidades deportivas que cumplan estos requisitos y estén interesados en participar en los Juegos Deportivos Escolares del Gobierno de Cantabria los que deben formalizar la inscripción.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General de Deporte (DIR3: A06027824)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Deportes
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Pertenecer a un centro escolar integrado en las estructuras educativas de la C.A. de Cantabria o una entidad inscrita en el Registro de Entidades Deportivas que tenga interés en participar en los Juegos Deportivos Escolares y cuente con jóvenes de ambos sexos en edad de escolarización obligatoria interesados en participar. Para participar será obligatorio estar en posesión de la licencia deportiva en vigor.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Variable en función de la Orden de convocatoria. Normalmente la inscripción general para participar en los Juegos debe realizarse antes del día 1 de octubre (teniendo como referencia el curso académico). La inscripción de los equipos y de los deportistas se podrá realizar una vez validada la inscripción general y siempre dentro de los plazos que se determinen en la normativa reguladora de los Juegos.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- En su aplicación específica
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- A través de la página www.deportedecantabria.com o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
1.- Hoja de Inscripción del Centro Escolar o Entidad deportiva en los Juegos Deportivos Escolares. 2.- Una vez aceptada la participación del centro o entidad deportiva se cumplimentará el resto de información "on line", a través de la página web de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. 3.- Los centros y entidades deportivas deberán tener en depósito, para cuando les fuese requerida desde la Dirección General de Deporte, la siguiente documentación: Categorías infantil o cadete: Declaración responsable donde se haga constar la identidad. Categoría alevín y benjamín: declaración responsable donde se haga constar la identidad del padre o tutor. En ambos supuestos la autorización a la Dirección General de Deporte para recabar los datos acreditativos de la identidad del solicitante o, en caso de ser menor de edad, de la identidad del padre, madre o tutor del alumno. En el supuesto de que el interesado manifestara expresamente que no otorga dicha autorización, deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Deporte
- Norma atributiva
Orden anual por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de los Juegos Deportivos Escolares del Gobierno de Cantabria para el correspondiente curso académico (se suele publicar en el B.O.C. en el mes de agosto).
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Deporte
- Norma atributiva
Orden anual por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de los Juegos Deportivos Escolares del Gobierno de Cantabria para el correspondiente curso académico (se suele publicar en el B.O.C. en el mes de agosto).
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Educación, Cultura y Deporte.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte (B.O.C. nº 134, de 11 de julio de 2000). / Decreto 72/2002, de 20 de junio, de desarrollo general de la Ley 2/2000, del Deporte (B.O.C. nº 133, de 11 de julio de 2002). Orden anual por la que se regula la convocatoria y el régimen jurídico de los Juegos Deportivos Escolares del Gobierno de Cantabria para el correspondiente curso académico (se suele publicar en el B.O.C. en el mes de agosto). Reglamentos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de Cantabria de los deportes convocados.
Presentación
Nueva presentación electrónica ¿Cómo realizar una presentación electrónica?Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.