Sede Electrónica

Inscripción en el Registro Oficial de Productores y Operadores (ROPO) de Medios de Defensa Fitosanitarios. Sector de asesoramiento fitosanitario en Gestión Integrada de Plagas (GIP).

Realización o intervención en alguna de las actividades siguientes:

- Asesores independientes que practiquen la actividad en el ejercicio libre de su profesión.

- Asesores encuadrados en el sector suministrador o en el de tratamientos, o en la estructura cooperativa de sus socios.

- Asesores encuadrados en la propia estructura empresarial del usuario.

- Asesores encuadrados en entidades de asesoramiento en los distintos marcos de control de plagas, contemplados en el artículo 10.2 del Real Decreto 1311/2012, del 14 de septiembre.

Descargar información en pdf

Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Desarrollo Rural (DIR3: A06027831)
Clasificación
Registros y Censos
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

Deberá solicitar la inscripción en el ROPO, toda persona física o jurídica que realice o intervenga en alguna de las actividades definidas en el artículo 4 c) de la Orden MED/4/2018, y:

- Tenga su domicilio legal en Cantabria.

- Estén en posesión del título o, en su caso, de los certificados justificativos emitidos por un organismo oficial reconocido que demuestre haber adquirido la formación que figura en el anexo II del Real Decreto 1311/2012.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Abierto todo el año. 1 mes de antelación a la fecha en que esté previsto el inicio de la actividad.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En las oficinas Comarcales de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, en el Registro General Central de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el Registro Electrónico Común del Gobierno de Cantabria: https//rec.cantabria.es, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105, de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Solicitud según ANEXO II de la Orden MED/4/2018, salvo declaración responsable del interesado y sin perjuicio de su posterior acreditación.

a) Acreditación de estar en posesión del título o, en su caso, de los certificados justificativos emitidos por un organismo oficial reconocido que demuestre haber adquirido la formación que figura en el anexo II del Real Decreto 1311/2012.

b) Justificación del ingreso de la tasa correspondiente.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Agricultura y Diversificación Rural.
Norma atributiva

Orden MED/4/18, de 19 de enero, de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural.
Norma atributiva

Orden MED/4/18, de 19 de enero, de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo de resolución
40 Días hábiles
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de alzada.
Órgano
Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Plazo
1 mes.

Normativa

Normativa aplicada

Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal. Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, por la que se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

Lo entiendo