Inscripción en el Registro de Juego de empresas fabricantes, importadoras y exportadoras, operadoras, comercializadoras y distribuidoras, de servicios técnicos y de salones recreativos y de juego.
Autorizar la inscripción de las referidas empresas en el Registro de Juego.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
- Órgano directivo
- Direc. General de Seguridad y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Las personas jurídicas habrán de estar constituidas bajo la forma de sociedad mercantil.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Todo el año.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro Electrónico Común del Gobierno de Cantabria o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
a) Fotocopia del DNI o equivalente. En caso de sociedades mercantiles el de sus representantes o apoderados.
b) Copia de la escritura de constitución y poderes en el caso de sociedades mercantiles.
c) Fotocopia del CIF.
d) Acreditación de su inscripción en el Registro Mercantil.
e) Información detallada sobre los medios humanos y técnicos con que cuenten para el ejercicio de la actividad, así como de los locales y oficinas de que dispongan, indicando su dirección.
f) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
g) Alta de la empresa y de los empleados en la Seguridad Social.
h) Declaración complementaria del certificado de antecedentes penales a que se refiere la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, del titular y, en el caso de personas jurídicas de los accionistas, partícipes, representantes o apoderados.
i) Fianza que corresponda según el tipo de empresa.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Juego y Espectáculos
- Norma atributiva
Decreto 106/2019 de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Extructura Orgánica Básica de las Consejerias del Gobierno de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Director/a General de Interior.
- Norma atributiva
Decreto 106/2019 de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Extructura Orgánica Básica de las Consejerias del Gobierno de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de Alzada
- Órgano
- Consejero/a de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
- Plazo
- 1 mes si el acto fuera expreso, 3 meses si no lo fuera
Normativa
- Normativa aplicada
-
23/2008, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar.
-
de Cantabria 15/2006, de 24 de octubre, de Juego
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.