Sede Electrónica

Información anual sistemas integrados de gestión / SCRAP (no envases).

Informe anual que deben remitir determinados agentes económicos en relación con sus actividades.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Medio Ambiente y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Medio ambiente
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Remisión de un informe o memoria anual por parte de determinados operadores económicos sobre sus actividades.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Según el plazo fijado en su normativa específica.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

El contenido y la documentación que debe incluir el informe o memoria viene establecido en el artículo 8 del Real Decreto 1619/2005, en el artículo 14 del Real Decreto 679/2006, de 2 de junio (modificado por el Artículo 15.3 del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo), artículo 16 del RD 710/2015, de 24 de julio (que modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero) y lo establecido en el art. 41 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

Artículo 16 del Real Decreto 710/2015, de 24 de julio, de pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos (BOE 177 de 25 de julio).

Disposición Transitoria 8ª, 1. a), del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (BOE 45 de 21 de febrero).

Artículo 14 del Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados (BOE 132 de 3 de junio) modificado por el Artículo 15.3 del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo (BOE 75 de 27 de marzo).

Artículo 10 del Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (BOE 2 de 3 de enero de 2006), modificado por el Real Decreto 731/2020, de 4 de agosto (BOE 213 de 7 de agosto de 2020).

Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo en la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, de 9 de agosto de 2005).

Decreto 2/2019, de 24 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y se modifica parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria y Decreto 208/2019, de 13 de noviembre, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de las Consejerías de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior; Innovación, Industria, Transporte y Comercio; Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo; Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente; Economía y Hacienda; Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte; Educación, Formación Profesional y Turismo y Sanidad.

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, de pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos (BOE 37 de 12 de febrero),

Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular (BOE nº 85, de 9 de abril de 2022).

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