Emisión de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables
Verificación, emisión y registro de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables al alumnado que supera con resultado positivo las acciones formativas de certificado de profesionalidad y/o procedimientos de acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia y/o la formación no formal.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion del Servicio Cantabro de Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Certificados
- Materia(s)
- Educación y formación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Información disponible en el sitio web: https://www.empleacantabria.es/certificados-de-profesionalidad
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Abierto permanentemente, hasta cinco años después de la pérdida de vigencia del certificado de profesionalidad
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro delegado del Servicio Cántabro de Empleo, o a través de los medios a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Documentación
Impreso de solicitud normalizado
Documentación acreditativa de la vía de obtención
Impreso normalizado de pago de tasa.
- Impresos
- MODELO SOLICITUD CP
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Formación del Servicio Cántabro de Empleo
- Norma atributiva
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero;
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
- Órgano que resuelve
- Dirección del Servicio Cántabro de Empleo
- Norma atributiva
Artículo 3.3.ñ) del Estatuto del organismo autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Alzada
- Órgano
- Consejería de Empleo y Políticas Sociales
- Plazo
- 1 mes desde la notificación
Normativa
- Normativa aplicada
-
Real Decreto 34/2008, de 18 de enero;
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.