Sede Electrónica

Depósito de bienes en museos, archivos y bibliotecas de titularidad autonómica.

El procedimiento tiene por objeto autorizar el depósito de fondos museísticos, documentales o bibliográficos de interés en museos, archivos y bibliotecas de titularidad autonómica, para su conservación, estudio y/o exposición.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
Órgano directivo
Direc. General de Cultura y Patrimonio Historico (DIR3: A06045081)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Cultura
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

1.-Ser propietario, o poseedor legítimo de los bienes.

2.-Los bienes han de ser integrantes del patrimonio cultural de Cantabria, declarado o no.

3.- Han de ser bienes muebles

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En el registro auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (C/ Lealtad, nº24) o en las demás formas a que hace referencia el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Documentación

1.-Ofrecimiento de los bienes con expresa referencia al plazo de duración del depósito, y demás condiciones en que se desea que éste sea realizado. 2.-Documento acreditativo de la posesión, legítima sobre los bienes a depositar. 3.-Documento identificativo de los bienes a depositar y de su valor cultural.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Centros Culturales (depósito de bienes en museo) y Servicio de Archivos y Bibliotecas (depósito de bienes en archivos y bibliotecas).
Norma atributiva

Ley de Cantabria 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria (art 23), Ley 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria (art.22), Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (art.74) en relación al art.6 del Decreto 43/2018, de 24 de mayo, por el que se modifica la estructura orgánica y las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Órgano que resuelve
Consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte
Norma atributiva

Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria (BOC nº 240, de 2 de diciembre de 1998), Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria (BOC nº 230, de 28 de noviembre de 2001). Ley 3/2002, de 28 de junio, de Archivos de Cantabria (BOC nº 131, de 9 de julio de 2002) en relación al Decreto 7/2019, de 8 de julio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional
Órgano
Consejo de Gobierno. Tribunal Superior de Justicia de la CCAA en caso de recurso contencioso administrativo
Plazo
Reposición: Un mes desde la notificación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto

Normativa

Normativa aplicada

Decreto 36/2001, de 2 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 11/1998 (BOC nº 89, de 10 de mayo de 2001).

Ley 5/2001, de 19 de noviembre, de Museos de Cantabria (BOC nº 230, de 28 de noviembre de 2001).

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