Convenoi de prácticas no laborales en Empresas
Este procedimiento permite la formalización de Convenios entre empresas o grupos de empresas y el Servicio Cántabro de Empleo para la realización de prácticas no laborales dirigidas a personas jóvenes sin experiencia laboral que posean una titulación oficial universitaria, de FP de grado medio o superior, o la correspondiente en enseñanzas artíticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad
con el fin de mejorar su empleabilidad y ofrecer un primer contacto con la realidad laboral. Se solicita al Servicio Cántabro de Empleo y se resuelve mediante Resolución de la Dirección del organismo.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direccion del Servicio Cantabro de Empleo (DIR3: A06027808)
- Clasificación
- Convenios de Colaboración y comunicaciones administrativas
- Materia(s)
- Empleo y Seguridad social
- Educación y formación
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrán beneficiarise las empresas con centros de trabajo radicadas en Cantabria, así como las personas jóvenes (entre 18 y 25 años), que deben tener un título oficial universitaria, de formación Profesional de grado medio o superior, o bien un certificado de profesionalidad.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- En cualquier momento
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Documentación acreditativa e identificativa del solicitante o su representante. Si el solicitante es una persona jurídica se aportará poder suficiente para actuar en nombre de la entidad.
Alta en el I.A.E.
Presentación, junto con la solicitud y su anexo, memoria que incluya el programa de prácticas no laborales donde conste, al menos, el contenido de las prácticas y la formación que le acompañará, la duración de las mismas, así como la indicación de sistemas de evaluación y tutorías
- Impresos
- MODELO DE CONVENIO TIPO
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Formación del Servicio Cántabro de Empleo
- Norma atributiva
Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Reglamento General de Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016),
- Órgano que resuelve
- Dirección del Servicio Cántabro de Empleo
- Norma atributiva
Art. 12.e) del Estatuto del organismo autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado mediante Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo, de Creación del Servicio Cántabro de Empleo; Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Alzada
- Órgano
- Consejería de Empleo y Políticas Sociales
- Plazo
- Un mes
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.