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Concesión del título de sociedad colaboradora de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca en materia de caza.

Concesión del título de sociedad colaboradora de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, en materia de caza.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Montes y Biodiversidad (DIR3: A06027851)
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Medio ambiente
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Inscripción en Registro de Sociedades Deportivas Federadas y en Libro Registro de la Federación Española de Caza. Acreditar su carácter social, justificando mediante certificación avalada por el Presidente de ésta, que su número de socios-cazadores es más de 150. Acreditar con certificación avalada por el presidente, que el ingreso es libre para todo cazador de Cantabria. Comprometerse a colaborar con la Consejería en la vigilancia de los terrenos cinegéticos para cumplir la legalidad vigente relativa a la caza y fomentar entre sus asociados el espíritu de ejemplaridad y superación que distingue a todo cazador responsable.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Registro de la Dirección General de Medio Natural, c/ Alberto Einstein nº2, Edificio Apia. 39011 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Relación nominal certificada por el secretario de la Sociedad, con la conformidad del presidente, de que tiene más de 15 socios, incluyendo en la misma número de DNI y residencia y número de la licencia de caza en vigor, de cada socio. Certificación avalada por el presidente de la Federación Cántabra de caza, de que la Sociedad está federada y al tanto de las cuotas federativas, indicándose también el número de cazadores pertenecientes a la misma.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Conservación de la Naturaleza.
Norma atributiva

Decreto 76/1987, de 17 de diciembre, por el que se establecen los requisitos necesarios para otorgar el título de Sociedad Colaboradora de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de la Diputación Regional de Cantabria.

Órgano que resuelve
Director/a General de Medio Natural
Norma atributiva

Decreto 76/1987, de 17 de diciembre, por el que se establecen los requisitos necesarios para otorgar el título de Sociedad Colaboradora de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de la Diputación Regional de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Positivo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Plazo
1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es

Normativa

Normativa aplicada

Decreto 76/1987, de 17 de diciembre, por el que se establecen los requisitos necesarios para otorgar el título de Sociedad Colaboradora de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de la Diputación Regional de Cantabria.

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