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Comunicación previa para el traslado a otras Comunidades Autónomas de cadáveres que no representen especial riesgo para la salud

Trasladar a otras Comunidades Autónomas de cadáveres incluidos sen grupo 2 del artículo 4 del Reglamento de Policía Mortuoria de Cantabria

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Salud
Órgano directivo
Direc. General de Salud Publica (DIR3: A06004091)
Clasificación
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Materia(s)
Salud
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

La empresa funeraria encargada del servicio debe estar debidamente autorizada por las disposiciones administrativas vigentes.

El cadáver debe incluirse en el grupo 2º del artículo 4 del Decreto 1/1994, esto es, la causa de defunción no debe representar un peligro sanitario o radiactivo.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En el registro de la Consejería competente en materia de Sanidad o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 105 de la Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Documentación

Comunicación previa según modelo incluido como anexo I al Decreto 1/1994.

Declaración responsable de la empresa funeraria encargada del servicio respecto del cumplimiento de los requisitos establecidas por la normativa vigente, según modelo incluido como anexo II del Decreto 1/1994.

Impresos
Declaración responsable
Comunicación previa

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Direc. General de Salud Publica
Órgano que resuelve
Servicio de Salud Pública. Dirección General de Salud Pública.
Norma atributiva

Decreto 24/2002, de 7 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales.

Plazo de resolución
-
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
No Tiene
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Normativa

Normativa aplicada

Decreto 1/1994, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Cantabria

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