Premios del Certamen de música joven de Cantabria.
Establecimiento de las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de los premios del Certamen de música joven de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General de Juventud, Cooperacion Al Desarrollo y Voluntariado (DIR3: A06045080)
- Clasificación
- Bases de Premios
- Materia(s)
- Cultura
- Becas, ayudas y premios
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Pueden participar en el Certamen de música joven todos los jóvenes músicos que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber nacido o tener vecindad administrativa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Que sean jóvenes que en el año de la convocatoria cumplan entre 18 y 35 años de edad.
- Que en el momento de publicación de la convocatoria no tengan más de dos discos sujetos a un contrato discográfico.
- Que dispongan de un repertorio mínimo de seis obras, de las cuales tres deben ser composiciones originales.
- La participación en el certamen puede ser individual o en grupo.
- No pueden participar en el Certamen grupos o solistas que hayan obtenido premio en cualquiera de las ediciones anteriores del Certamen.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Diez días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En el Registro de la Consejería competente en materia de Juventud, ubicado en la calle Castelar, nº 5, CP 39004 de Santander, o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018 de 22 de noviembre.
Documentación
Soporte digital de almacenamiento externo (CD, DVD o USB) que contendrá:
- Tres temas originales en formato mp3, ogg o wma.
- Una fotografía del grupo/solista en formato jpg, bmp o png.
- El currículum historial del grupo/solista en formato doc, docx, odt o PDF.
- Un vídeo presentación del grupo/solista en formato mov, mpeg, o avi.
- Impresos
- No se incluyen impresos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Juventud.
- Norma atributiva
Orden ECD/8/2019, de 31 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del Certamen de Música Joven de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
- Norma atributiva
Orden ECD/8/2019, de 31 de enero, por la que se establecen las bases del Certamen de Música Joven de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 4 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto o directamente recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción de este orden.
- Órgano
- Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad o Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, sala de lo contencioso administrativo.
- Plazo
- Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución del recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden ECD/8/2019, de 31 de enero, por la que se establecen las bases del Certamen de Música Joven de Cantabria.
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.