Sede Electrónica

Premios del Certamen de música joven de Cantabria.

Establecimiento de las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de los premios del Certamen de música joven de Cantabria.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
Órgano directivo
Direc. General de Juventud, Cooperacion Al Desarrollo y Voluntariado (DIR3: A06045080)
Clasificación
Bases de Premios
Materia(s)
Cultura
Becas, ayudas y premios
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Pueden participar en el Certamen de música joven todos los jóvenes músicos que cumplan los siguientes requisitos:

- Haber nacido o tener vecindad administrativa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

- Que sean jóvenes que en el año de la convocatoria cumplan entre 18 y 35 años de edad.

- Que en el momento de publicación de la convocatoria no tengan más de dos discos sujetos a un contrato discográfico.

- Que dispongan de un repertorio mínimo de seis obras, de las cuales tres deben ser composiciones originales.

- La participación en el certamen puede ser individual o en grupo.

- No pueden participar en el Certamen grupos o solistas que hayan obtenido premio en cualquiera de las ediciones anteriores del Certamen.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Diez días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
En el Registro de la Consejería competente en materia de Juventud, ubicado en la calle Castelar, nº 5, CP 39004 de Santander, o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018 de 22 de noviembre.

Documentación

Soporte digital de almacenamiento externo (CD, DVD o USB) que contendrá:

- Tres temas originales en formato mp3, ogg o wma.

- Una fotografía del grupo/solista en formato jpg, bmp o png.

- El currículum historial del grupo/solista en formato doc, docx, odt o PDF.

- Un vídeo presentación del grupo/solista en formato mov, mpeg, o avi.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Juventud.
Norma atributiva

Orden ECD/8/2019, de 31 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del Certamen de Música Joven de Cantabria.

Órgano que resuelve
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
Norma atributiva

Orden ECD/8/2019, de 31 de enero, por la que se establecen las bases del Certamen de Música Joven de Cantabria.

Plazo de resolución
4 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto o directamente recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción de este orden.
Órgano
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad o Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, sala de lo contencioso administrativo.
Plazo
Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución del recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.

Normativa

Normativa aplicada

Orden ECD/8/2019, de 31 de enero, por la que se establecen las bases del Certamen de Música Joven de Cantabria.

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