Premios extraordinarios de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial de grado superior.

Sede Electrónica

Premios extraordinarios de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial de grado superior.

Concesión, en régimen de concurrencia competitiva de los premios extraordinarios de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial de grado superior.

Datos generales

Consejería
Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
Órgano directivo
Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
Clasificación
Bases de Premios
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Educación y formación
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

a) Haber finalizado el ciclo formativo de grado superior de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial en el curso académico especifi cado en la convocatoria en un centro educativo de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,50 puntos en el ciclo formativo de grado superior de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial. La calificación final del ciclo formativo se determinará hallando la media aritmética de las califi caciones de los módulos que tengan expresión numérica. El resultado se consignará con una cifra decimal redondeada por exceso si la segunda cifra decimal resultase igual o superior a 5 y por defecto, cuando sea inferior. A estos efectos, no se tendrán en cuenta las califi caciones de los módulos de "apto", "exento" o "convalidado"

Plazos y presentación

Plazo de presentación

15 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Ofi cial de Cantabria el extracto de la convocatoria

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial

Registro de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo (C/ Vargas 53, 7ª planta), o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del
Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación requerida

No es necesario aportar documentación

Tramitación y resolución

Órgano instructor
La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.
Norma atributiva

Orden ECD/33/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial de grado superior en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano que resuelve
Titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.

Órgano

Consejero de Educación, Cultura y Deporte. Tribunal Superior de Justicia de la CCAA en caso de recurso contencioso-administrativo.

Plazo
Reposición: un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el Contencioso-Administrativo: 2 meses desde la publicación de la Resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto.

Normativa

Normativa aplicada
  • Orden ECD/33/2019, de 8 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los premios extraordinarios de las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial de grado superior en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Convocatorias

    No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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