Baja titularidad compartida.
Solicitud de baja de Titularidad Compartida en el Registro de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion (DIR3: A06029683)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
La Titularidad compartida se extinguirá por:
- Nulidad, separación o disolución del matrimonio
- Ruptura de la pareja de hecho, o por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de sus miembros.
- Pérdida de la titularidad de la explotación agraria por cualquier causa legalmente establecida.
- Transmisión de la titularidad de la explotación a terceros.
- Cuando por alguna de las dos personas titulares dejen de cumplirse los requisitos del art. 3 de la Ley 35/2011 de 4 de octubre.
- Acuerdo entre las personas titulares de la explotación agraria de titularidad compartida manifestado mediante comparecencia personal o firma electrónica ante el registro de titularidad compartida.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Sin plazo
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En el Registro Electrónico de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Sección de Coordinación y Divulgación, en c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia. 39011 de Santander así como en los restantes registros electrónicos a los que se refiera el articulo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
Acuerdo de voluntades para la disolución de titularidad compartida
Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social que acredite la imposibilidad de ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal.
Cualquier otro documento que acredite el incumplimiento de los requisitos de cualquiera de los titulares.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- SERVICIO DE OFICINAS COMARCALES - SECCION DE COORDINACION Y DIVULGACIÓN
- Norma atributiva
Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad compartida de las Explotaciones agrarias.
Orden AAA/1408/2012, de 26 de junio, por la que se regula el Registro de explotaciones agrarias de Titularidad Compartida.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- No Tiene
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- -
- Órgano
- -
- Plazo
- -
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden AAA/1408/2012, de 26 de junio, por la que se regula el Registro de explotaciones agrarias de Titularidad Compartida.
-
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo de la Administrativo de las Administraciones Públicas
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.