Ayudas para la elaboración de bases de datos de áreas degradadas.

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Ayudas para la elaboración de bases de datos de áreas degradadas.

Bases reguladoras de Ayudas destinadas a financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración de Bases de Datos de Áreas Degradadas (BDADs).

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Medio Ambiente Y Cambio Climatico (DIR3: A06045079)
Clasificación
Bases de Ayudas, Becas y Subvenciones
Materia(s)
Relaciones entre Administraciones Públicas
Becas, ayudas y premios
Medio ambiente
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Permite apoderados
No
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Enlace a la publicación de las Bases reguladoras.

Requisitos

No se han definido requisitos

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo que se establezca en el extracto de la correspondiente orden de convocatoria de las ayudas (publicación en Boletín Oficial de Cantabria (BOC)).

Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Anexo I_Solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse debidamente firmadas por el representante legal de la corporación local, según el modelo de solicitud establecido en el Anexo I.

En PDF y con firma digital.

Obligatorio

Anexo I_Solicitud

Anexo II_Certificado.

No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, que impiden la obtención de la condición de beneficiario de una subvención. Y no tener pendiente cumplimiento alguno de sanción administrativa firme en materia de medio ambiente.

Formato PDF y con firma digital.

Obligatorio

Anexo II_ Certificado

Anexo III Ficha.

Ficha modelo para la recogida de la informacion solicitada en el inventario.

Entregrar en formato Word y PDF.

No obligatorio

Anexo III_ Ficha

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Norma atributiva

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Informes o dictámenes
  • Propuesta de resolución. (plazo de elaboración: 3 meses.).
  • Órgano que resuelve
    La Consejera de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
    Norma atributiva

    Artículo 9.1 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.

    Plazo máximo de resolución
    3 Meses
    Plazo medio de resolución
    3 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa
    No

    Recursos

    Tipo

    Recurso contencioso-administrativo: ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
    Recurso potestativo de reposición: ante el Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

    Órgano

    Consejero de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.

    Plazo
    Recurso potestativo de reposición: un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. Recurso contencioso-administrativo :en el plazo de dos meses.

    Normativa

    Normativa aplicada
  • Orden UMA/19/2017, de 19 de abril de 2017, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las ayudas destinadas a financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración de Bases de Datos de Áreas Degradadas (BDADs).
  • Orden UMA/03/2018, por la que se modifica la Orden UMA/19/2017 por la que se establecen las Bases Reguladoras de las ayudas destinadas a financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración de Bases de Datos de Áreas Degradadas (BDADs).
  • Orden FOM/22/2024, de 18 de octubre, por la que se establecen las Bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de elaboración de un inventario de áreas degradadas para su incorporación en la Base de Datos de Áreas Degradadas_BDADs de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  • Convocatorias

    No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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