Autorización de suministro de combustible mediante camiones cisterna en Puertos de titularidad de la C.A. de Cantabria.
Autorizar con carácter general el ejercicio del suministro de combustible mediante camiones cisterna en puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
- Órgano directivo
- Direc. General de Aguas y Puertos (DIR3: A06027830)
- Clasificación
- Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
- Materia(s)
- Vivienda y Urbanismo
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- Sí
Requisitos
Homologaciones de la Delegación de Industria que faculten para la actividad de transporte y suministro de combustible. Presentar formulario de autorización ante la Dirección General competente en materia de Puertos (Anexo I del Decreto 60/2013, de 17 de octubre). Los demás establecidos en el Decreto 60/2013, de 17 de octubre.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- En cualquier momento anterior al inicio de la actividad.
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro delegado del Servicio de Puertos, calle Alta 5, 3ª y 4ª planta, 39008, Santander y demás admitidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación
La requerida en el artículo 4 del Decreto 60/2013, de 17 de octubre.
- Impresos
- Solicitud de autorización
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Puertos de la Dirección General de Obras Públicas.
- Norma atributiva
Decreto 31/2009, de 16 de abril, artículo 8.2
- Órgano que resuelve
- Dirección General competente en materia de puertos
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria. Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria. Decreto 31/2009, de 16 de abril. Decreto 60/2013, de 17 de octubre.
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Recurso de alzada
- Órgano
- Consejero/a competente en materia de Puertos.
- Plazo
- 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es
Normativa
- Normativa aplicada
-
Ley 5/2004, de 16 de noviembre, de Puertos de Cantabria; Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria; Decreto 19/2015, de 1 de abril, por el que se modifica el Decreto 82/2006, de 13 de julio, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento de autorizaciones en los puertos de Cantabria; Decreto 31/2009, de 16 de abril. Decreto 60/2013, de 17 de octubre, por el que se regula el suministro de combustible mediante camiones cisterna en los recintos portuarios de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Presentación
Nueva presentación electrónica ¿Cómo realizar una presentación electrónica?Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.