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Autorización de obras, usos, construcciones, instalaciones o actividades en Área de Protección del Plan de Ordenación del Litoral, en suelo rústico ordinario.

Controlar que las obras, usos, construcciones, instalaciones o actividades que se pretendan ubicar en el área de protección se adecuan al Plan de Ordenación del Litoral y a la legislación urbanística, con especial atención a las condiciones de integración paisajística.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
Clasificación
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Materia(s)
Vivienda y Urbanismo
Tipo de destinatario
Ciudadano
Empresa
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos

Requisitos

SUPUESTOS: Suelo rústico de protección ordinaria en municipios sin Plan o municipios sin Planes adaptados y que se encuentra en el Área de Protección del Plan de Ordenación del Litoral. REQUISITOS: Cumplimiento de la legislación sectorial (informes sectoriales), del planteamiento territorial, en especial del Plan de Ordenación del Litoral y Planeamiento Urbanístico Municipal.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
Durante todo el año.
Fecha inicio plazo presentación
-
Fecha fin plazo presentación
-
Vías de presentación
Presencial
Lugar(es) para presentación presencial
Ayuntamiento correspondiente o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y dela Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Solicitud que contenga: a) Características del emplazamiento y construcción que se pretenda reflejar en el plano de situación. b) La adecuada justificación de los requisitos previstos en el planeamiento o la legislación de que se trate, y en particular en el Plan de Ordenación del Litoral. c) Las soluciones previstas de acceso y servicios necesarios. d) La justificación de inexistencia de repercusiones negativas de carácter ambiental según el artículo 116.1 de la Ley 2/2001 de 25 de junio y los criterios aprobados por acuerdo de la CRU de 7 de mayo de 2002 y publicados en el BOC de 4 de junio de 2002.

Impresos
No se incluyen impresos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Ayuntamiento
Norma atributiva

Artículo 27 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral.

Órgano que resuelve
Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Cuando los municipios elaboren PGOU adaptado a la Ley 2
Norma atributiva

Artículo 27 de la Ley 2/2004, de 27 de septiembre, en relación con el artículo 115.2.b) y Disposición Transitoria Segunda apartado 6 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria (B.O.C. nº 128, de 4 de julio de 2001)

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
No

Recursos

Tipo
Recurso de Alzada
Órgano
Consejo de Gobierno de Cantabria.
Plazo
1 mes si el acto fuera expreso y 3 meses si no lo fuera

Normativa

Normativa aplicada

Art. 26 y ss de la Ley de Cantabria 2/2204 de 27 de septiembre, del Plan de Ordenación del Litoral. Art. 109, 110, 111, 113-116 y D. T. 9 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria ( B.O.C. nº 128, de 4 de julio de 2001).

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