Alta titularidad compartida.
Solicitud de alta de Titularidad Compartida en el Registro de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Secret.Gral. de Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion (DIR3: A06029683)
- Clasificación
- Registros y Censos
- Materia(s)
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Administración
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Ser titular de explotación agraria
Estar dado de alta en Seguridad Social
Ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal.
Residir en el ámbito territorial rural en el que radique la explotación (se acreditara con Certificado de residencia o empadronamiento).
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Sin plazo
- Fecha inicio plazo presentación
- -
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En el Registro Electrónico de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Sección de Coordinación y Divulgación, en c/ Alberto Einstein nº 2, Edificio Apia. 39011 de Santander así como en los restantes registros electrónicos a los que se refiera el articulo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
INSCRIPCIÓN:
NIF de ambos titulares
Copia del CIF
Designación cuenta bancaria
Declaración IRPF o autorización para que la Administración recabe los datos
Informe de vida laboral de ambos titulares
Certificado de empadronamiento
Certificación de cuenta bancaria de la titularidad compartida
Copia del libro de familia o similar
Datos identificativos de la Explotación Agraria
Relación de bienes y derechos de la explotación agraria
Certificado de Alta en la Seguridad Social de ambos
- Impresos
- Solicitud inscripción.doc
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Oficinas Comarcales, Sección de Coordinación y Divulgación.
- Norma atributiva
Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad compartida de las Explotaciones agrarias.
Orden AAA/1408/2012, de 26 de junio, por la que se regula el Registro de explotaciones agrarias de Titularidad Compartida.
- Órgano que resuelve
- Secretaría general de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación
- Norma atributiva
Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre tiutlaridad compartida de las explotaciones agrarias.
Orden AAA/1408/2012, de 26 de junio, por la que se regula el Registro de explotaciones agrarias de Titularidad Compartida.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Positivo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- -
- Órgano
- -
- Plazo
- -
Normativa
- Normativa aplicada
-
Orden AAA/1408/2012, de 26 de junio, por la que se regula el Registro de explotaciones agrarias de Titularidad Compartida.
-
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo de la Administrativo de las Administraciones Públicas
Presentación
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.