Procedimiento de abono a las operadoras de transporte que han aplicado los descuentos del billete del viajero habitual de acuerdo a lo recogido en el Real Decreto-Ley 11/2022, de 25 junio.

Sede Electrónica

Real Decreto-ley 8/2023 - Descuento Viajero Habitual

Resolución de 14 de abril de 2025, por la que se regula la compensación a las empresas prestadoras de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general y permanente en las líneas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria por la pérdida de ingresos entre enero y junio de 2025, en la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica y sus servicios complementarios, resultado de la aplicación de los descuentos al viajero habitual por la aplicación del Real Decreto- Ley 8/2023, de 27 de diciembre.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Fomento, Vivienda, Ordenacion Del Territorio Y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General De Transportes Y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Obras Públicas, tráfico y transportes
Número BOC
75 - Enlace BOC
Fecha BOC
21/04/2025
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Se beneficiarán de la compensación las empresas prestadoras de los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera de uso general y permanente en las líneas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria que hayan realizado los descuentos al viajero habitual de acuerdo a lo contemplado en los  Reales Decretos Leyes citados en el punto 1,en cualquiera de los medios siguientes:
  • Tarjeta "Transporte de Cantabria".
  •  "Carné de Transporte Universitario de Cantabria" (UNIBUS)
  • Bonos multiviaje

Plazos y presentación

Plazo de presentación

Ámbito temporal de aplicación.

La presente resolución tiene por objeto regular la compensación a las empresas prestadoras de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica y sus servicios complementarios, desde el 19 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025, por los descuentos practicados al viajero habitual establecidos en los Reales Decreto-Leyes 9/2024, de 23 de diciembre, y 1/2025, de 28 de enero.

Se establecen dos plazos para la presentación de solicitudes:

  • A partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, hasta el 5 de mayo de 2025, para los descuentos practicados entre el 19 de enero y el 31 de marzo de 2025
  • Desde el 1 de julio hasta 21 de julio de 2025, para los descuentos aplicados entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2025.

 

Fecha inicio plazo presentación
01/07/2025
Fecha fin plazo presentación
21/07/2025
Periodicidad
Sujeto a plazos
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Corresponde al Servicio de Transportes de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones la ordenación e instrucción del procedimiento
Norma atributiva

Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar la pérdida de ingresos en la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica y sus servicios complementarios.

Órgano que resuelve
Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio.
Norma atributiva

Resolución por la que se regula la compensación a las empresas prestadoras de los servicios públicos regulares de transporte de viajerospor carretera de uso general y permanente en las líneas de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria por la pérdida de ingresos en la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica y sus servicios complementarios.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Potestativo de reposición o contencioso administrativo.

Órgano

Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio para el recurso de reposición
Sala de lo Contencioso del Tribunal Superio de Justicia de Cantabria para el recurso contencioso-administrativo

Plazo
1 mes en reposición y dos meses en contencioso.

Otras convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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