PLAN MOVES III - Adquisición de vehículos eléctricos.

Sede Electrónica

REAL DECRETO 266/2021 VEHÍCULOS ELÉCTRICOS PROGRAMA MOVES III

Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III): Adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direc. General De Industria, Energia Y Minas (DIR3: A06027837)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Número BOC
185 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
24/09/2021
Forma de inicio
De oficio, Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Serán beneficiarios de las ayudas conforme al artículo 11 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril:

  1. Los profesionales autónomos, que tengan el domicilio de la actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria y que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siempre que el domicilio de la actividad se encuentre en la Comunidad Autónoma a de Cantabria.
  2. Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia en la Comunidad Autónoma de Cantabria y no incluidas en el anterior apartado.
  3. Las comunidades de propietarios reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3., siempre entendido en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  4. Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria o bien que desarrollen su actividad, cuenten con una sede y tengan parte de su plantilla en la Comunidad Autónoma de Cantabria y no pertenezcan al Sector Público, a excepción de las sociedades mercantiles autonómicas pertenecientes al Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que si serán elegibles.

También serán elegibles las entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de transformación cuyo NIF comience por V.

  1. Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

No podrán ser beneficiarios de las ayudas los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe de la sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, sea el 615.1 o el 654.1.

No podrán acceder a estas ayudas las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que a estos efectos se realiza en el Reglamento UE 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, o aquellas empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
25/09/2021
Fecha fin plazo presentación
23/01/2025
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexos

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Fomento de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Norma atributiva

Según convocatoria.

Órgano que resuelve
Consejero/a de Industria, Turismo, Innovación,Transporte y Comercio.
Norma atributiva

Orden por la que se regula la convocatoria.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio de oficio:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Recurso Potestativo en Reposición (RPP).
Recurso Contencioso-Administrativo (RCA).

Órgano

Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (RPP).
Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (RCA).

Plazo
Un mes a contar desde el día siguiente a su notificación para el Recurso Potestativo en Reposición. Dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación para el Recurso Contensioso-Administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.
Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III): Adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden IND/47/2022, de 23 de junio, por la que se modifica la IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III): adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Resolución por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas durante el tercer trimestre de 2022.
Orden IND/31/2023, de 4 de mayo, por la que se modifica la IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III): adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo
Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, por el que se adapta al marco europeo de ayudas de estado el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, y se amplía su vigencia.
Orden IND/27/2024, de 4 de julio, por la que se modifica la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III): Adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Extracto de la Orden IND/27/2024, de 4 de julio, por la que se modifica la Orden IND/52/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria del programa de incentivos a la movilidad eléctrica (PROGRAMA MOVES III): Adquisición de vehículos eléctricos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social
Resolución de 22 de enero de 2025, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

Este sitio web utiliza cookies propias para ofrecer un mejor servicio. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.

Lo entiendo