Decreto 93/2021
Decreto 93/2021, de 11 de noviembre, por el que se regula la concesión de ayuda directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Cantabria para la organización y realización de campeonatos de España en edad escolar en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Cultura, Turismo y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General de Deporte (DIR3: A06027824)
- Clasificación
- Ayuda/Subvención
- Materia(s)
- Deportes
-
- Número BOC
- 224 - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 22/11/2021
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en el presente decreto las federaciones deportivas cántabras constituidas de conformidad con la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte, debidamente inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Dirección General de Deporte.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el último día de Campeonato de España respectivo según el calendario oficial.
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/01/2022
- Fecha fin plazo presentación
- -
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Resolución o declaración oficial por la que se establece la Comunidad Autónoma de Cantabria como sede del Campeonato de España en edad escolar.
- Memoria del Campeonato de España de la modalidad deportiva correspondiente en la que conste al menos las bases generales de participación, las categorías, calendario de competición y número de participantes.
- Declaración sobre otros ingresos (ANEXO II), en el caso de haber percibido o solicitado otras ayudas, fondos o recursos para igual finalidad.
- Memoria de gastos (ANEXO III). Una relación de los gastos derivados de la celebración del Campeonato de España, que comprenderá no solo las categorías de gastos subvencionables a las que se refiere el artículo 12 del presente decreto, sino también los de la totalidad del Campeonato.
- Documentación justificativa de los gastos subvencionables imputables a la subvención, en los términos señalados en el artículo 15 del presente decreto.
- Certificado de la persona titular de la Secretaría de la federación que acredite que los gastos y pagos que se justifican están directamente relacionados y han sido necesarios para la celebración del Campeonato de España en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma.
- Declaración responsable de la persona que ostente la representación de la entidad de que ésta no se halla incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio (Anexo I).
- Declaración responsable de que todo el personal al que le corresponda realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores cuenta con certificación negativa exigida por el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, en su redacción dada por la Ley Orgánica 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (Anexo I).
- Certificados de que la federación se halla al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social. La presentación de la solicitud por parte de la entidad interesada conllevará la autorización al órgano gestor para recabar de oficio estos certificados por lo que no necesitará presentarlos, salvo que la entidad interesada deniegue expresamente, en el Anexo I de solicitud, su consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.
No será necesaria la presentación de los documentos anteriormente relacionados cuando ya estuvieran en poder de la Administración actuante, en cuyo caso la federación solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el 140 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se haga constar en el ANEXO I de solicitud la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
- Impresos
- Modelo de Solicitud
- Anexos
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General competente en materia de deporte del Gobierno de Cantabria.
- Norma atributiva
Artículo 8.1 del Decreto 93/2021, de 11 de noviembre, por el que se regula la concesión de ayuda directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Cantabria para la organización y realización de campeonatos de España en edad escolar en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería competente en materia de deporte del Gobierno de Cantabria.
- Norma atributiva
Artículo 9.2 c) de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio de Subvenciones y art.8.2 del Decreto 93/2021, de 11 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Cantabria para la organización y realización de campeonatos de España en edad escolar en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso potestativo de reposición ante la/el titular de la Consejería competente en materia de Deporte o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.
- Órgano
- Reposición: El titular de la Consejería competente en materia de deporte. En caso de recurso contencioso-administrativo, Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
- Plazo
- Reposición: un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.
Normativa
Otras convocatorias
No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras
Presentación
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¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.