Decreto 88/2024 "Plan RENOVE IV"
DECRETO 88/2024, DE 31 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DEL PLAN RENOVE IV, PARA LA RENOVACIÓN DE LA FLOTA DE VEHÍCULOS EN CANTABRIA.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Comercio y Consumo (DIR3: A06029673)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Empresas
-
- Número BOC
- 216 - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 07/11/2024
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Podrán tener la condición de persona beneficiaria las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, y las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, empadronadas o con residencia fiscal en Cantabria. Las empresas sin residencia fiscal en Cantabria deberán tener al menos un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma.
Se establece que el número máximo de vehículos a adquirir dentro de la vigencia del plan, tanto por persona física como jurídica, será de tres en total, de cualquiera de las clases, por plan o campaña.
Para ser beneficiario de estas subvenciones con la adquisición de un vehículo de las clases V1 y V2 será requisito necesario dar de baja definitiva un vehículo de categoría M1 con una antigüedad mínima de 10 años o N1 con una antigüedad mínima de 7 años. Dicha baja se acreditará mediante el certificado de achatarramiento por parte de un centro autorizado de achatarramiento y la copia del permiso de circulación del vehículo donde conste la fecha de primera matriculación, o en ausencia de estos, informe de la Dirección General de Tráfico del historial del vehículo. El solicitante de la subvención, para ser beneficiario, deberá haber sido titular del vehículo achatarrado durante, al menos, un año antes de la fecha de la solicitud de ayuda, así como presentar los dos últimos recibos del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, debidamente abonados.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Las subvenciones a que se refiere este decreto se concederán a las adquisiciones de vehículos que se realicen dentro del plazo de vigencia del Plan que será a partir del día siguiente hábil al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y finalizará el 31 de octubre de 2025.
A la finalización del expresado plazo de vigencia no se admitirán más solicitudes.
Los concesionarios presentarán a la Dirección General de Comercio y Consumo mensualmente durante la primera quincena del mes siguiente al de la operación, la relación de los expedientes de sus operaciones de venta de vehículos, con toda la documentación, ordenada y numerada.
- Fecha inicio plazo presentación
- 08/11/2024
- Fecha fin plazo presentación
- 31/10/2025
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
Concesionario de vehículos
Documentación requerida
Modelo de Solicitud Plan Renove IV
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexos
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- El Servicio de Comercio a través de los respectivos concesionario de vehículos donde se haya adquirido el vehículo
- Norma atributiva
Decreto 50/2021, de 10 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Plan RENOVE, para la renovación de la fl ota de vehículos en Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Segun normativa aplicable
- Norma atributiva
Decreto 50/2021, de 10 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Plan RENOVE, para la renovación de la fl ota de vehículos en Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- Según normativa aplicable
- Plazo medio de resolución
- Según normativa aplicable
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Según normativa aplicable
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Segun normativa aplicable
- Órgano
Segun normativa aplicable
- Plazo
- Segun normativa aplicable
Normativa
- Normativa aplicada
- No hay normativa relacionada
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
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¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.