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DECRETO 43/2025

Decreto 43/2025, de 4 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la ejecución de programas formativos que incluyan compromiso de contratación, en modalidad presencial (Formación a la medida de las empresas).

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Empleo y Seguridad social
Becas, ayudas y premios
Número BOC
Extraordinario 13 - Enlace BOC
Fecha BOC
04/07/2025
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Castellano.
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Decreto 43/2025, de 4 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la ejecución de programas formativos que incluyan compromiso de contratación, en modalidad presencial (Formación a la medida de las empresas).

Requisitos

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en el presente decreto, siempre que no incurran en ninguna de las causas previstas en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y que puedan percibir ayudas de minimis según lo establecido en los reglamentos europeos mencionados en el artículo 1.4 las empresas, las asociaciones empresariales debidamente inscritas u otras entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación y esto les suponga un incremento neto de plantilla. A los efectos establecidos en este decreto, se entiende por "empresa" a las personas físicas y jurídicas privadas, incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional.

Además de los beneficiarios señalados en el apartado anterior, los miembros asociados de la persona jurídica beneficiaria que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención, desarrollar la formación y/o realizar las contrataciones requeridas, en nombre y por cuenta del mismo, tendrán igualmente la consideración de beneficiario. Éstos deberán tener centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o personas jurídicas privadas, que se comprometan a desarrollar la formación y/o realizar las contrataciones requeridas, asumiendo, en su caso, cada miembro de dicha agrupación el compromiso de contratar un porcentaje determinado del alumnado hasta completar el porcentaje total y los periodos mínimos de contratación exigidos. Éstos deberán tener centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo de admisión de solicitudes por parte del Servicio Cántabro de Empleo permanecerá abierto de forma continuada.

Fecha inicio plazo presentación
05/07/2025
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexo Miembro Asociado

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexo Miembro Asociado

Anexo Programa Formativo

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexo Programa Formativo

Anexo II - Memoria Proyecto

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexo II - Memoria Proyecto

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Formación.
Norma atributiva

Decreto 43/2025, de 4 de julio, por el que se regula el procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a la ejecución de programas formativos que incluyan compromiso de contratación, en modalidad presencial (Formación a la medida de las empresas).

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
Norma atributiva

Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo y artículo 9.3. de la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.

Plazo máximo de resolución
3 Meses
Plazo medio de resolución
2 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo

Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación/notificación de la resolución.

Órgano

Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o Jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.

Plazo
Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
No hay normativa relacionada

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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