Subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

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Decreto 35/2023

Decreto 35/2023, de 18 de mayo, por el que se regulan las subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
Órgano directivo
Direccion Del Servicio Cantabro De Empleo (DIR3: A06027808)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Participación e iniciativa ciudadana
Empleo y Seguridad social
Número BOC
101 - Enlace BOC
Fecha BOC
26/05/2023
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Ciudadanos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Castellano
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Enlace a la página web de Empleacantabria.

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Estar inscritas como demandantes de empleo y servicios en los Servicios Públicos de Empleo con carácter previo y hasta el día de presentación de la solicitud, con una antigüedad en la demanda de treinta días naturales ininterrumpidos.

En el caso de personas jóvenes menores de 30 años, además deberán figurar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
La acreditación de estas circunstancias se realizará a través de los órganos competentes del Sistema Nacional de Empleo.
O bien, tratarse de una persona emprendedora que retorna a Cantabria, que deberá inscribirse como demandante de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo al alta en Seguridad Social o mutualidad.

  1. Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en la letra a).

La acreditación de esta circunstancia se realizará a través del informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Este requisito se aplicará a las personas emprendedoras que retornan a Cantabria en el sentido de que no podrán estar de alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social de España.

  1. Los establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
  2. Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
     

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo de admisión de solicitudes por parte del Servicio Cántabro de Empleo permanecerá abierto de forma continuada, debiendo presentarse cada solicitud de subvención en el plazo de dos meses después de la emisión del informe de viabilidad, contado a partir del día siguiente a la fecha de dicho informe, debiendo ser presentada la solicitud con carácter previo al alta en la Seguridad Social o sistema alternativo.

Fecha inicio plazo presentación
27/05/2023
Fecha fin plazo presentación
-
Periodicidad
Continuo
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Solicitud Promoción de Empleo Autónomo Joven

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Solicitud Promoción de Empleo Autónomo Joven

Solicitud Promoción de Empleo Autónomo

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Solicitud Promoción de Empleo Autónomo

Anexos

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Promoción de Empleo del Servicio Cántabro de Empleo.
Norma atributiva

Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.

Informes o dictámenes
  • Informe de viabilidad. (plazo de elaboración: Una vez firmado, la solicitud ha de presentarse en el plazo máximo de 2 meses desde su firma.).
  • Informe fiscal. (plazo de elaboración: 10 días.).
  • Órgano que resuelve
    Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo.
    Norma atributiva

    Estatuto del Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo, aprobado por Ley de Cantabria 1/2003, de 18 de marzo.

    Plazo máximo de resolución
    3 Meses
    Plazo medio de resolución
    2 Meses
    Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
    Inicio por interesado:
    Negativo
    Pone fin a la vía administrativa

    Recursos

    Tipo

    Recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo desde el día siguiente a la publicación/notificación de la resolución.

    Órgano

    Persona titular de la Dirección del Servicio Cántabro de Empleo para el recurso potestativo de reposición o jurisdicción contencioso-administrativa para el recurso contencioso-administrativo.

    Plazo
    Un mes para el recurso potestativo de reposición o dos meses para el recurso contencioso-administrativo.

    Otras convocatorias

    No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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