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CONVOCATORIA 2026 Orden MED/3/2017

Resolución de la consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación de 2 de marzo de 2026, por la que se convocan dos becas de formación práctica, para el año 2026, en el área de la investigación y transferencias agrarias.

Datos generales

Consejería
Clasificación
Beca
Periodo beca

Las becas durarán un año desde la incorporación de la persona beneficiaria. Las becas podrán prorrogarse por un periodo máximo de doce meses.

Cuantía

El importe mensual bruto de la beca será de 800 euros brutos al mes y se devengarán desde la incorporación del personal becario.

Número BOC
46 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
09/03/2026
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo

No se incluye ningún enlace

Requisitos

Requisitos

Podrán solicitar la concesión de las becas aquellas personas con las titulaciones requeridas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en disposición de alguna de las titulaciones universitarias siguientes: Ingeniería Agroalimentaria, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Forestal, Veterinaria, Ciencias Agronómicas, Ingeniería Ambiental o Agroambiental, Ciencias Ambientales, Ingeniería del medio Natural o nuevas titulaciones derivadas de las anteriores conforme al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establecen en la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales o de los Grados Superiores de Formación Profesional de la Rama Agraria (agrícola, agronomía, veterinaria...), Alimentaria (ciencia y tecnología de alimentos...) y Ambiental (biología, agroecología...).
  • Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la obtención del título y la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
  • Ser español o nacional de un país miembro de la Unión Europea.
  • No haber sido separado del servicio de ninguna Administración u Organismo público o privado como consecuencia de expediente disciplinario.
  • No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante un periodo total de dos o más años.
  • No haber renunciado con anterioridad a alguna beca concedida por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación.
  • Acreditar preparación teórica en las materias contenidas en el artículo 2.1. La preparación teórica mínima que deberá acreditarse será la de haber cursado asignaturas relativas a las materias indicadas.
  • No haber incurrido en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 12.2, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria.
Obligaciones

El becario que acepte la beca que se le conceda adquiere, además de las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, los compromisos siguientes:

  • Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
  • Presentar certificación que acredite que no padece enfermedad contagiosa o defecto físico que le impida la realización de los estudios y trabajos que implica la aceptación de la beca.
  • La aceptación del reglamento y normas de régimen interno del/de los centro/s donde realice su formación.
  • Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
  • Presentar un informe dentro de los quince días siguientes al término de cada trimestre natural, que contendrá la mención de los trabajos y estudios realizados y las consideraciones pertinentes sobre la experiencia práctica adquirida.
  • Compromiso de confidencialidad sobre los datos que conozca durante el periodo de formación.

Los becarios llevarán a cabo las tareas que se les encomienden por el director general de Desarrollo Rural o tutor que se le designe en las condiciones de lugar y tiempo que se le indiquen, y en las dependencias que se determinan en el artículo segundo.

El incumplimiento por los becarios de sus obligaciones, así como la no realización de las labores de investigación o formación práctica en condiciones satisfactorias, la ausencia injustificada, el bajo interés y rendimiento, serán causas de pérdida de la condición de becario y consecuentemente de la privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, previo informe del tutor y sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.

Con una antelación de quince días al vencimiento de la última mensualidad por los becarios se hará entrega al Director General de Desarrollo Rural de un informe por escrito sobre los trabajos desarrollados durante el período de formación, al que se unirá informe del tutor. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida de la última mensualidad.

El becario está obligado a facilitar cuanta información, relacionada con la subvención, les sea requerida por la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa en materia de protección de datos, en concordancia con lo establecido en el artículo 16.3.ñ) de la Ley 10/2006, de Subvenciones de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
10/03/2026
Fecha fin plazo presentación
08/04/2026

Documentación requerida

Modelo Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo Solicitud

Resolución de la consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación de 2 de marzo de 2026, por la que se convocan dos becas de formación práctica, para el año 2026, en el área de la investigación y transferencias agrarias

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Resolución de la consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación de 2 de marzo de 2026, por la que se convocan dos becas de formación práctica, para el año 2026, en el área de la investigación y transferencias agrarias

Tramitación y resolución

Plazo máximo de resolución
Plazo medio de resolución
Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
No
Entidades Colaboradoras de Certificación

En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.

Recursos

Tipo
No tiene

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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