CONVOCATORIA 2026 ORDEN ISO/25/2025
ORDEN ISO/25/2025, DE 26 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA SUFRAGAR LOS GASTOS DERIVADOS DE LA IMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA DEL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS DE ASISTENCIA MATERIAL BÁSICA (PROGRAMA BÁSICO) EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direccion del Icass (DIR3: A06027807)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
-
- Número BOC
- 2 - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 05/01/2026
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones a que se refiere esta Orden las entidades del Tercer Sector de Acción Social definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como la Cruz Roja Española, que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituida al menos con dos años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de subvenciones.
- Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales regulado mediante Decreto 40/2008, de 17 de abril por el que se regulan la Autorización, la Acreditación, el Registro y la Inspección de Entidades, Servicios y Centros de Servicios Sociales, o tener solicitada la inscripción en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y estar inscrita a fecha de resolución de la concesión.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener fines institucionales relacionados con la cooperación, solidaridad y bienestar social que estén recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables.
- Acreditar experiencia y especialización en la atención a personas afectadas por Privación Material Severa. Para demostrarlo, la entidad deberá aportar documentación de al menos tres programas realizados en ejercicios anteriores de reparto de alimentos.
- Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines acreditando la experiencia operativa necesaria para ello. Para demostrarlo, el volumen global de los ingresos percibidos por la entidad el año inmediatamente anterior a la convocatoria, independientemente de su origen y tipología, deberá ser igual o superior a 150.000 euros.
- Tener ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Cantabria y desarrollar sus actividades, de manera real y efectiva, en la misma.
- No hallarse en alguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Disponer de una página web propia y abierta para poder publicar el procedimiento posterior de licitación.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades beneficiarias de estas ayudas las entidades de derecho público, los partidos políticos, las universidades, las sociedades civiles, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las organizaciones empresariales y los sindicatos y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 07/01/2026
- Fecha fin plazo presentación
- 27/01/2026
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
|
Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
|
Anexos
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Subdirección de Gestión Adminstrativa Régimen Interior.
- Norma atributiva
Orden ISO/22/2024, de 27 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas para entidades sin ánimo de lucro para sufragar los gastos derivados de la implantación del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Asistencia Material Básica (Programa BÁSICO) en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 3; martes, 7 de Enero de 2025 )
- Órgano que resuelve
- La Directora del ICASS.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso de alzada.
- Órgano
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias.
- Plazo
- Un mes.
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
