CONVOCATORIA 2026 Orden EPS/4/2021
ORDEN IND/8/2026, DE 25 DE FEBRERO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DEL EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Industria, Empleo, Innovacion Y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General De Trabajo, Economia Social Y Empleo Autonomo (DIR3: A06027803)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
-
- Número BOC
- 44 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 05/03/2026
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
Requisitos
- Requisitos
- Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en la presente orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria,
- Las cooperativas y sociedades laborales, por su constitución y para la actuación de incorporación de nuevos socios trabajadores o socios de trabajo.
- Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 06/03/2026
- Fecha fin plazo presentación
- 30/04/2026
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
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Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
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Anexos Programa I
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
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Anexos Programa II
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Trabajo, Economía Social y Empleo Autónomo.
- Norma atributiva
Artículo 9.1 de la Orden EPS/4/2021, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
- Informes o dictámenes
-
- Informe fiscal fases A D O. (plazo de elaboración: 10 días.).
- Órgano que resuelve
- Persona titular de la Consejería que ostente las competencias en materia de Trabajo.
- Norma atributiva
Artículo 11.1 de la Orden EPS/4/2021, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
- Susceptible de que participen entidades colaboradoras de certificación
- No
- Entidades Colaboradoras de Certificación
-
En la actualidad no existen entidades colaboradoras de certificación acreditadas para actuar en este procedimiento.
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición o, directamente, recurso contencioso-administrativo. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente, o se haya producido su desestimación presunta.
- Órgano
Potestativo de reposición: Titular de la Consejería que ostente las competencias en materia de Trabajo. Recurso contencioso-administrativo: Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
- Plazo
- Potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución; Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden EPS/4/2021, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
- Orden IND/10/2025, de 5 de marzo, por la que se modifica la Orden EPS/4/2021, de 24 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
- Orden IND/8/2026, de 25 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.
