Concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad.

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CONVOCATORIA 2025 Orden UIC/7/2023

Resolución de 1 de abril de 2025 de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad, en el año 2025.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direc. General De Inclusion Social, Familias E Igualdad (DIR3: A06018754)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Servicios Sociales e Igualdad
Becas, ayudas y premios
Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
Número BOC
68 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
08/04/2025
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Información sobre becas y subvenciones de la Dirección General de Inclusión Social, Familias e Igualdad.

Requisitos

Requisitos

Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de estas subvenciones: 

  1. Asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres.
  2. Asociaciones cuyo objeto social vaya dirigido a la prevención, estudio e intervención ante enfermedades que afecten principalmente a mujeres.
  3. Asociaciones y federaciones socioculturales con sección de mujeres o cuya junta directiva esté constituida íntegramente por mujeres.
  4. Sindicatos y organizaciones empresariales con sección, secretaría, área o programa de mujeres.
Todas estas entidades deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 2 de la Orden UIC/7/2023, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad. 
 

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El 28 de abril de 2025 se produjo una interrupción generalizada del suministro eléctrico en todo el territorio peninsular que afectó al normal funcionamiento de los servicios públicos y a los sistemas utilizados en la tramitación de los procedimientos administrativos, incidiendo en el ejercicio de los derechos de los interesados que no pudieron relacionarse telemáticamente con la Administración ni tampoco presentar solicitudes o documentos de forma presencial.

Según el art. 32.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "cuando como consecuencia de un ciberincidente se hayan visto gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, la Administración podrá acordar la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos".

Esta ampliación ha de acordarse en todos los procedimientos y todos los plazos administrativos, puesto que la interrupción del servicio no sólo afectó a los plazos que vencían en el día de ayer, sino a todos los plazos de que disponen las unidades administrativas y los interesados para llevar a cabo los correspondientes trámites.

Por todo ello, se acuerda la ampliación general en un día de los plazos en todos los procedimientos y expedientes administrativos.

Fecha inicio plazo presentación
09/04/2025
Fecha fin plazo presentación
05/05/2025
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexos

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General con competencias en materia de igualdad y mujer, a través del Servicio de Igualdad.
Norma atributiva

Orden UIC/7/2023, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
Titular de la consejería con competencias en materia de igualdad y mujer.
Norma atributiva

Orden UIC/7/2023, de 10 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de mujeres y otras organizaciones sin ánimo de lucro para el fomento de la igualdad.

Plazo máximo de resolución
6 Meses
Plazo medio de resolución
4 Meses
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Reposición con carácter potestativo, o bien directamente recurso contencioso administrativo.

Órgano

Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en caso de recurso de reposición.
Tribunal Superior de Justicia en caso de recurso contencioso-administrativo.

Plazo
Un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución, en el caso de recurso de reposición. Dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución en caso de recurso contencioso - administrativo.

Otras convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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