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CONVOCATORIA 2025 Orden MED/22/2017

RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, DE 30 DE ENERO DE 2025, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2025 LAS AYUDAS A LAS COOPERATIVAS DEL SECTOR PESQUERO Y MARISQUERO Y OTRAS ASOCIACIONES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE LA PESCA Y EL MARISQUEO.

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Datos generales

Consejería
Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
Órgano directivo
Direc. General de Pesca y Alimentacion (DIR3: A06004065)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Becas, ayudas y premios
Número BOC
25 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
06/02/2025
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Tendrán la condición de beneficiarios de las presentes ayudas las Cooperativas y las Asociaciones sin ánimo de lucro del sector pesquero y marisquero de Cantabria, que cumplan con las condiciones previstas en esta Resolución y no concurran en ellas ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
07/02/2025
Fecha fin plazo presentación
06/03/2025
Vías de presentación
Telemática y presencial
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Lugar(es) para presentación presencial
Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración, y del Sector Publico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Documentación

Las solicitudes vendrán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Original o copia compulsada o autenticada de la documentación acreditativa de la válida constitución e inscripción registral en su caso, así como de la representación que ostente la persona que comparece como solicitante. Cuando los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la administración actuante no será necesaria su presentación siempre que se haga constar la fecha, el procedimiento y el órgano en que los presentó, o en su caso, emitió.
  2. Fotocopia compulsada del NIF del firmante de la solicitud, o autorización expresa de su consulta a la Dirección General de Pesca y Alimentación, señalando la opción en el anverso de la solicitud.
  3. Memoria de las actividades a realizar en el año en curso.
  4. Presupuesto detallado de los gastos previstos.
  5. Certificado del Secretario de la Entidad asociativa donde conste el número de miembros de la entidad.
  6. Certificados de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) y de la Tesorería General de la Seguridad Social que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal, con la Hacienda Autonómica y con la Seguridad Social en el supuesto de que el solicitante deniegue expresamente la autorización de consulta.
  7. Declaración de ayudas solicitadas y concedidas durante el ejercicio fiscal actual y dos anteriores, de conformidad con el Anexo II
  8. Declaración responsable de no hallarse en alguna de las circunstancias a que se refieren los puntos 2 y 3 del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria (incluida en Anexo I).

La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y demás requisitos establecidos en las bases reguladoras. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda Pública Estatal como con la Hacienda Autonómica, así como con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento, debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativos.

No será necesaria la presentación de aquellos documentos que ya obren en poder de la Administración, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en el que fueron presentados, y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

Impresos
Modelo de Solicitud
Anexo
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 30 de enero de 2025, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas a las Cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras Asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la pesca y el marisqueo.

Tramitación y resolución

Órgano instructor
DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ALIMENTACIÓN
Norma atributiva

Orden MED/22/2017, de 12 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las Cooperativas del sector pesquero y marisquero y otras Asociaciones sin ánimo de lucro en el ámbito de la pesca y el marisqueo.

Órgano que resuelve
Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Norma atributiva

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo de resolución
3 Meses
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso de Reposición
Órgano
Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Plazo
1 mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzcan los efectos del silencio

Otras convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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