CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/9/2025
RESOLUCIÓN DE 30 DE JUNIO DE 2025, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS JUVENTUD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA 2025.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General De Juventud, Cooperacion Al Desarrollo Y Voluntariado (DIR3: A06045080)
- Clasificación
- Premio
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Turismo, ocio y tiempo libre
- Cuantía
Se concederá un premio por modalidad, sin perjuicio de que el jurado declare desierto alguno de los premios. La cuantía del premio para cada modalidad será de 500,00 €.
El abono del premio se hará efectivo por su importe íntegro, una vez deducida la carga tributaria correspondiente si la hubiera.
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- Número BOC
- 129 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 07/07/2025
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Los Premios Juventud de Cantabria están dirigidos a personas jóvenes nacidas o empadronadas en Cantabria y a colectivos o entidades compuestos en su mayoría por personas jóvenes que destaquen en la consecución de los objetivos previstos en el apartado 1.2 de esta convocatoria y tenga su domicilio social en Cantabria.
A efectos de esta orden, se entiende por jóvenes a las personas con edades comprendidas entre los 14 y 35 años, debiendo tener dicha edad cumplida a la fecha de finalización de presentación de candidaturas a los Premios.
Los premios Juventud de Cantabria se otorgarán en cada una de las siguientes modalidades:
- Emprendimiento. Reconocimiento a empresas o proyectos de negocio acometidos por personas jóvenes que destaquen por sus valores, originalidad, innovación, creatividad y/o contribución al desarrollo económico o social.
- Arte y cultura. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área de las artes o la cultura, destaquen por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
- Deporte. Reconocimiento a la trayectoria de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que, a través de su acción en el área del deporte, destaquen por su proyección y/o hayan contribuido a la transmisión de valores.
- Ciencia e Investigación, Innovación y Tecnología. Reconocimiento a iniciativas o actuaciones desarrolladas por jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes en el ámbito de la ciencia e investigación, la innovación o la tecnología.
- Compromiso social. Reconocimiento a jóvenes, grupos de jóvenes o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes que promuevan e impulsen la igualdad entre hombres y mujeres y/o el respeto a la diversidad sexual y/o de género, la solidaridad o la inclusión.
- Desarrollo sostenible. Reconocimiento a actuaciones realizadas por jóvenes, grupos de jóvenes y/o proyectos acometidos mayoritariamente por jóvenes, capaces de satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones, garantizando el equilibrio entre el crecimiento económico, el bienestar social y el respeto y cuidado del medio ambiente.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
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- Fecha inicio plazo presentación
- 08/07/2025
- Fecha fin plazo presentación
- 06/08/2025
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- La presentación de candidaturas por personas físicas se realizará en el Registro Electrónico General de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria https://sede.cantabria.es/ o en cualquiera de las formas a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Las personas jurídicas presentarán las candidaturas en el Registro Electrónico General de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria https://sede.cantabria.es/ o en cualquiera de los registros electrónicos a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Documentación requerida
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Servicio de Juventud
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- Consejería competente en juventud.
- Norma atributiva
- Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Orden ISO/09/2025, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Juventud de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 3 Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Contra la resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería competente en materia de juventud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior Justicia de Cantabria en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.
- Órgano
Consejería competente en juventud para el recurso de reposición y Tribunal Superior de Justicia de Cantabria para el recurso contencioso administrativo.
- Plazo
- Un mes para el recurso de reposición, o dos meses para el recurso contencioso administrativo.
Normativa
Otras convocatorias
No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras
Aportar documentación adicional
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.