Subvenciones para oficinas de atención e información a mujeres.

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CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/9/2024

Resolución de 29 de mayo de 2025 de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, en el año 2025.

Datos generales

Consejería
Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
Órgano directivo
Direc. General De Inclusion Social, Familias E Igualdad (DIR3: A06018754)
Clasificación
Ayuda / Subvención
Materia(s)
Servicios Sociales e Igualdad
Becas, ayudas y premios
Número BOC
107 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
05/06/2025
Forma de inicio
Interesado
Tipo de destinatario
Administración y empleados públicos
Sujeto a tasas o precios públicos
No
Lenguas en que se puede completar el procedimiento
Español
Enlaces a páginas Web con información específica
Tipo
Listado de becas y subvenciones de la Dirección General competente en materia de igualdad y violencia de género, y en particular, bases y convocatoria de las subvenciones para las oficinas de atención e información a mujeres.

Requisitos

Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas subvenciones:

  1. Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con más de 5.000 habitantes, que no formen parte de las mancomunidades a que se refiere el siguiente apartado, tomando como referencia del tamaño del municipio la prevista en el artículo 3.1.a) de las bases reguladoras.
  2. Mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan competencias en alguna de las obras y servicios señaladas a continuación: servicios sociales, ámbito y acción social, evaluación y atención a personas en riesgo de exclusión social, promoción de la igualdad de oportunidades y prevención de la violencia contra la mujer.
     

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
06/06/2025
Fecha fin plazo presentación
04/07/2025
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación requerida

Modelo de Solicitud

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Modelo de Solicitud

Anexos

Obligatorio en alguna modalidad

El documento es obligatorio en alguna de las modalidades.

Anexos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General con competencias en materia de Igualdad y Mujer, a través del Servicio de Violencia de Género.
Norma atributiva

Orden ISO/09/2024, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fn de impulsar Ofcinas de Atención e Información a las Mujeres.

Informes o dictámenes
No se requiere emisión de informes o dictámenes
Órgano que resuelve
El titular de la Consejería competente en materia de Igualdad y Mujer.
Norma atributiva

Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones. Orden ISO/09/2024, de 24 de junio.

Plazo máximo de resolución
4 Meses
Plazo medio de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo

Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.

Órgano
  • Recurso potestativo de reposición: El titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
  • Recurso contencioso-administrativo: Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
Plazo
- Reposición: 1 mes desde la notificación de la resolución expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. - Contencioso-admvo: 2 meses desde la notificación de la resolución del procedimiento o desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.

Otras convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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