CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/9/2024
Resolución de 29 de mayo de 2025 de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, en el año 2025.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General De Inclusion Social, Familias E Igualdad (DIR3: A06018754)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Servicios Sociales e Igualdad
- Becas, ayudas y premios
-
- Número BOC
- 107 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 05/06/2025
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
Requisitos
Podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de estas subvenciones:
- Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con más de 5.000 habitantes, que no formen parte de las mancomunidades a que se refiere el siguiente apartado, tomando como referencia del tamaño del municipio la prevista en el artículo 3.1.a) de las bases reguladoras.
- Mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria que tengan competencias en alguna de las obras y servicios señaladas a continuación: servicios sociales, ámbito y acción social, evaluación y atención a personas en riesgo de exclusión social, promoción de la igualdad de oportunidades y prevención de la violencia contra la mujer.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 06/06/2025
- Fecha fin plazo presentación
- 04/07/2025
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexos
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General con competencias en materia de Igualdad y Mujer, a través del Servicio de Violencia de Género.
- Norma atributiva
Orden ISO/09/2024, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fn de impulsar Ofcinas de Atención e Información a las Mujeres.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- El titular de la Consejería competente en materia de Igualdad y Mujer.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones. Orden ISO/09/2024, de 24 de junio.
- Plazo máximo de resolución
- 4 Meses
- Plazo medio de resolución
- 3 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.
- Órgano
- Recurso potestativo de reposición: El titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
- Recurso contencioso-administrativo: Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
- Plazo
- - Reposición: 1 mes desde la notificación de la resolución expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. - Contencioso-admvo: 2 meses desde la notificación de la resolución del procedimiento o desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden ISO/9/2024, de 24 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Municipios con más de 5.000 habitantes y Mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres.
- Resolución de 29 de mayo de 2025 de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a municipios con más de 5.000 habitantes y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar Oficinas de Atención e Información a las Mujeres, en el año 2025.
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
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¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.