CONVOCATORIA 2025 Orden ISO/12/2025
RESOLUCIÓN DE 14 DE JULIO DE 2025, DE LA CONSEJERA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE OCIO INCLUSIVO PARA LA POBLACIÓN JOVEN DE CANTABRIA.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Inclusion Social, Juventud, Familias E Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General De Juventud, Cooperacion Al Desarrollo Y Voluntariado (DIR3: A06045080)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Turismo, ocio y tiempo libre
-
- Número BOC
- 138 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 18/07/2025
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español.
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
- Requisitos
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en las presentes basas las entidades que cumplan, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Carecer de ánimo de lucro.
- Tener personalidad jurídica.
- Estar inscritas en el registro que legalmente proceda.
- Tener sede y desarrollar su actividad en la comunidad autónoma de Cantabria.
- Recoger en sus estatutos, como objeto o fin de su actividad, la intervención en el ámbito de la discapacidad o la atención a la dependencia.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 21/07/2025
- Fecha fin plazo presentación
- 20/08/2025
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexos
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Comité de valoración, conformado conforme a lo establecido en las bases reguladoras.
- Norma atributiva
ORDEN ISO/12/2025 de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de ocio inclusivo para la población joven de Cantabria.
- Informes o dictámenes
- No se requiere emisión de informes o dictámenes
- Órgano que resuelve
- La persona titular de la Consejería competente en juventud.
- Norma atributiva
- Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
- Orden ISO/12/2025 de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de ocio inclusivo para la población joven de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- 3 Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante la persona titular de la Consejería competente en juventud, o, alternativamente, directamente mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. La presentación del recurso de reposición impide la posibilidad de interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya producido la resolución denegatoria del mismo de manera expresa o por silencio administrativo.
- Órgano
La Consejería competente en juventud para el recurso potestivo de reposición, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria para el recurso contencioso administrativo.
- Plazo
- Un mes en el caso del recurso potestativo de reposición, dos meses en el caso del recurso contencioso administrativo.
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden ISO/12/2025, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de ocio inclusivo para la población joven de Cantabria.
- Resolución de 14 de julio de 2025, de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la realización de proyectos de ocio inclusivo para la población joven de Cantabria.
Otras convocatorias
No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras
Aportar documentación adicional
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El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.