CONVOCATORIA 2025 Orden EDU/9/2025
Orden EDU/25/2025, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte destinadas al alumnado de formación profesional, de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; y de ciclos de las enseñanzas deportivas de régimen especial del sistema educativo, en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Cantabria.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Educación y formación
- Becas, ayudas y premios
-
- Número BOC
- 104 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 02/06/2025
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Podrá solicitar las ayudas el alumnado que reúna los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Realizar la formación en empresa u organismo equiparado o, en su caso, en alguno de los supuestos del artículo 1.1 de la Orden EDU/9/2025, de 5 de marzo. En el caso de realizar la formación en empresa u organismo equiparado en régimen intensivo en comunidades autónomas limítrofes a la de Cantabria, la empresa u organismo equiparado deberá estar situada a una distancia inferior a 35 kilómetros desde el límite de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Excepcionalmente, si no se cumple esta condición, deberá disponer de la autorización expresa de la Dirección General competente en materia de Formación Profesional.
- No haber percibido, para cursar las mismas enseñanzas, ayuda en la convocatoria anterior de ayudas económicas individuales al transporte, excepto en el caso del alumnado de Proyectos de Formación Profesional Dual (FP Dual) y de Estancias Curriculares Formativas.
- Residir en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante la formación en empresa u organismo equiparado o, en su caso, alguno de los supuestos del artículo 1.1 de la Orden EDU/9/2025, de 5 de marzo. Excepcionalmente, en caso de residir en municipios limítrofes a la Comunidad Autónoma de Cantabria, la residencia de la persona solicitante deberá estar situada a una distancia inferior a 35 kilómetros desde el límite de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Desarrollar la formación en empresa u organismo equiparado o, en su caso, alguno de los supuestos del artículo 1.1 de la Orden EDU/9/2025, de 5 de marzo, en empresas o instituciones colaboradoras situadas a una distancia mínima de 5 km de la residencia del alumno o alumna.
- Superar la fase de formación en empresa u organismo equiparado o, en su caso, alguno de estos supuestos:
- El módulo profesional de formación en centros de trabajo, la fase de prácticas en centros de trabajo, la fase de formación práctica de los ciclos formativos de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y el módulo o bloque de formación práctica de los ciclos de las enseñanzas deportivas de régimen especial.
- El curso dentro del proyecto de formación profesional dual o el curso en el que se enmarca la estancia curricular formativa en el que esté matriculado.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
La solicitud se formalizará conforme al modelo normalizado que figura como anexo I en la convocatoria que se dirigirá a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación y formación profesional, y se presentará en la secretaría de los centros docentes. El plazo de presentación de la solicitud será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
El centro educativo deberá presentar toda la documentación referida en este artículo, preferentemente a través del Registro electrónico común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, dirigida a la persona titular de la Consejería competente en materia de Educación en el plazo de un mes desde que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- Fecha inicio plazo presentación
- 03/06/2025
- Fecha fin plazo presentación
- 17/06/2025
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
En la Secretaría de los centros educativos o en las demás formas a que hace referencia el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Documentación requerida
Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexos.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Orden EDU/25/2025, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte destinadas al alumnado de formación profesional, de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; y de ciclos de las enseñanzas deportivas de régimen especial del sistema educativo, en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Cantabria.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.
- Norma atributiva
Orden ECD/24/2018, de 16 de marzo, que establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas individualizadas de transporte al alumnado de ciclos formativos de formación profesional, de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y de las enseñanzas deportivas de régimen especial en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma durante la realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo, la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo, Proyectos de Formación Profesional Dual y Estancias Curriculares Formativas, así como de formación práctica de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y el módulo o bloque de formación práctica de enseñanzas deportivas de régimen especial.
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte
- Norma atributiva
Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Plazo máximo de resolución
- 5 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional
- Órgano
Consejero de Educación, Cultura y Deporte. Tribunal Superior de Justicia de la CCAA en caso de recurso contencioso administrativo
- Plazo
- Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.