CONVOCATORIA 2025 Orden ECD/92/2018
RESOLUCIÓN DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2024, LA CONSEJERA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR INTERVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN, DEFENSA DE LOS DERECHOS Y EMPODERAMIENTO DE LAS MUJERES EN PAÍSES EN DESARROLLO.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Órgano directivo
- Direc. General de Juventud, Cooperacion Al Desarrollo y Voluntariado (DIR3: A06045080)
- Clasificación
- Ayuda/Subvención
- Materia(s)
- Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades
- Becas, ayudas y premios
- Acción exterior
-
- Número BOC
- 227 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 22/11/2024
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro, definidas en los artículos 28.1 y 29.2 de la Ley de Cantabria 4/2007, del 4 de abril, de Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que cumplan los requisitos recogidos en el artículo 2 de las bases reguladoras.
También podrán participar en la convocatoria las agrupaciones de personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, públicas o privadas, que, por razón de los fines, objeto o ámbito de la actividad, puedan llevar a cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención, y que cumplan los requisitos establecidos para la línea de subvención de esta convocatoria. Las personas integrantes de la agrupación deberán cumplir los requisitos señalados en el apartado anterior.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 25/11/2024
- Fecha fin plazo presentación
- 23/12/2024
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, sito en la calle Vargas, 53, 7º planta, 39010 de Santander, o en cualquiera de los lugares a los que hace referencia el artículo 138.4 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Documentación
Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación, debidamente firmada por el/la representante legal:
- Acreditación de la representación legal otorgada por la entidad solicitante a favor de la persona firmante.
- Acreditación de estar inscritas legalmente en el registro correspondiente.
- Declaración de cualquier otro tipo de ayudas solicitadas o concedidas por otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales para la financiación de esta intervención, detallando cuantía y finalidad. (Anexo VI)
- Declaración sobre sanciones firmes recaídas en aplicación de la normativa reguladora de subvenciones o que no ha recaído ninguna sanción. (Anexo VII)
- Declaración en la que conste el compromiso de aportar la diferencia, directamente o por financiación exterior, entre el coste total de la intervención y la ayuda concedida y declaración de aportar el 3% (Anexo III).
- En el caso de que la solicitud sea suscrita por varias entidades (Anexo I bis), declaración del compromiso de ejecución asumido por cada parte y el grado de participación en la intervención de cada una de ellas, relativo a la financiación, actividades a desarrollar en él y distribución, en su caso, de la subvención prevista (Artículo 10 Ley 10/2006, de Subvenciones de Cantabria).
- Formulario de intervención propuesto (Anexo II), debidamente cumplimentado. Se podrá presentar en item independiente (haciendo referencia al item del formulario) aquella documentación que por sus características no pueda ser insertada en el citado formulario. La entidad solicitante podrá presentar otros datos que considere oportunos en soporte informático siempre que lo haga constar así en el formulario. (Indexados y paginados).
- El presupuesto deberá presentarse en Excel. (Anexo VIII) (documento independiente).
No será necesario aportar la documentación exigida que ya obrase en poder de cualquier órgano o unidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que la persona solicitante identifique el documento o documentos afectados.
- Que la persona solicitante haga constar la fecha y el órgano o dependencia y procedimiento en que fueron entregados.
- Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
- Que la persona solicitante presente su consentimiento para que pueda ser consultada y comprobada dicha documentación.
- Los datos o documentos emitidos o en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- CIF de la entidad solicitante y DNI de su representante legal.
- Cumplimiento de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
- Cumplimiento de obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- El Comité de Valoración constituido conforme al artículo 7.2 de la Orden ECD
- Norma atributiva
Orden ECD/92/2018, de 31 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de intervenciones para la promoción, defensa de los derechos y empoderamiento de las mujeres en países en desarrollo
- Órgano que resuelve
- El titular de la Consejería competente en materia de Cooperación al Desarrollo, salvo que al menos una de las subvenciones exceda, individual y unitariamente considerada de sesenta mil (60.000) euros, en cuyo caso el órgano competente será el Consejo de Gobierno.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- No
Recursos
- Tipo
- Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional
- Órgano
- El titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte cuando la cuantía individual y unitariamente considerada de las subvenciones no exceda de 60.000 euros. En el caso de que el importe de la ayuda a conceder sea superior a esta cantidad la competencia para resolver corresponderá al Consejo de Gobierno de Cantabria.
- Plazo
- Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden ECD/92/2018, de 31 de julio, por la que se establecen las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de intervenciones para la promoción, defensa de los derechos y empoderamiento de las mujeres en países en desarrollo.
- Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar intervenciones para la promoción, defensa de los derechos y empoderamiento de las mujeres en países en desarrollo.
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
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El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.