CONVOCATORIA 2025 Orden CTD/6/2025 - CLUBES Y FEDERACIONES DEPORTIVAS
Resolución por la que se convocan subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter estatal o internacional por parte de clubes y federaciones deportivas.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria De Cultura, Turismo Y Deporte
- Órgano directivo
- Direc. General De Deporte (DIR3: A06027824)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Deportes
-
- Número BOC
- 74 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 16/04/2025
- Forma de inicio
- Interesado
- Tipo de destinatario
- Personas jurídicas, autónomos y profesionales colegiados
- Administración y empleados públicos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las siguientes entidades, cuando participen en la organización de competiciones o acontecimientos deportivos de carácter estatal o internacional:
- Las federaciones deportivas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Los clubes deportivos de la Comunidad Autónoma de Cantabria inscritos y actualizados en el Registro de Entidades Deportivas de Cantabria.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
El 28 de abril de 2025 se produjo una interrupción generalizada del suministro eléctrico en todo el territorio peninsular que afectó al normal funcionamiento de los servicios públicos y a los sistemas utilizados en la tramitación de los procedimientos administrativos, incidiendo en el ejercicio de los derechos de los interesados que no pudieron relacionarse telemáticamente con la Administración ni tampoco presentar solicitudes o documentos de forma presencial.
Según el art. 32.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, "cuando como consecuencia de un ciberincidente se hayan visto gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, la Administración podrá acordar la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos".
Esta ampliación ha de acordarse en todos los procedimientos y todos los plazos administrativos, puesto que la interrupción del servicio no sólo afectó a los plazos que vencían en el día de ayer, sino a todos los plazos de que disponen las unidades administrativas y los interesados para llevar a cabo los correspondientes trámites.
Por todo ello, se acuerda la ampliación general en un día de los plazos en todos los procedimientos y expedientes administrativos.
- Fecha inicio plazo presentación
- 21/04/2025
- Fecha fin plazo presentación
- 06/05/2025
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación requerida
Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexos
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Resolución por la que se convocan subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter estatal o internacional por parte de clubes y federaciones deportivas.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Deporte.
- Norma atributiva
Orden ECD/48/2018, de 14 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional (BOC número 98, de 21 de mayo de 2018).
- Informes o dictámenes
-
- Acta Comité Valoración. (plazo de elaboración: 1 mes.).
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería competente en materia de deporte del Gobierno de Cantabria.
- Norma atributiva
- Artículo 9 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Artículo 6.1 de la Orden ECD/48/2018, de 14 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional.
- Plazo máximo de resolución
- 6 Meses
- Plazo medio de resolución
- 6 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional.
- Órgano
Reposición: El titular de la Consejería competente en materia de deporte.
Recurso contencioso-administrativo: Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.- Plazo
- Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Recurso contencioso-admvo: 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto.
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden CTD/6/2025 de 11 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la organización de competiciones y acontecimientos deportivos de carácter estatal o internacional.
- Comunicado ampliación plazo
- Resolución de 2 de mayo de 2025, de ampliación de plazos de procedimientos y expedientes administrativos.
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.