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CONVOCATORIA 2024 Orden PRE/58/2022

Orden PRE/69/2024, de 19 de julio, por la que se convocan dos becas de formación práctica para titulados oficiales de Máster Universitario en Ingeniería en la Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana en el año 2024.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
Clasificación
Beca
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Periodo beca

El periodo de duración de la beca será de un año, a contar desde el día que se determine en la correspondiente resolución de concesión.

La beca podrá excepcionalmente prorrogarse por otro año, condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.

Cuantía

El importe que percibirá cada beneficiario será de 800 euros brutos mensuales, al que se le practicarán las retenciones por IRPF y Seguridad Social vigentes.

Número BOC
146 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
30/07/2024
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Orden las personas con plena capacidad de obrar que reúnan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

  1. Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  2. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
  3. No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga procedente de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  4. No haber sido separado del servicio de ninguna Administración u organismo público, como consecuencia de expediente disciplinario, y no haber perdido la condición de becario en entidad pública como consecuencia del incumplimiento de obligaciones.
  5. Estar en posesión del título oficial de Master Universitario o equivalente, en especialida­des relacionadas con Ingeniería, expedido por el Estado español y que no hayan transcurrido más de tres años desde la expedición del título o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, que acrediten la finalización de los estudios comple­tos correspondientes. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  6. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y el Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social.
  7. No hallarse en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, General de Subvenciones de Cantabria.
  8. No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
Obligaciones

Los becarios estarán obligados a:

  1. Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndose al suplente que figure en primer lugar.
  2. Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
  3. Aceptar el reglamento y normas de régimen interno del centro donde realice la formación.
  4. Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
  5. Confidencialidad sobre los datos que conozca durante el período de formación.
  6. Facilitar cuanta información respecto de su condición de beneficiario de una beca le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de protección de datos.
  7. Las demás obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
31/07/2024
Fecha fin plazo presentación
28/08/2024
Vías de presentación
Presencial

Documentación

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Declaración responsable de los datos del DNI o NIE o pasaporte en vigor del solicitante.
  2. Declaración responsable relativa a los datos de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  3. Certificación oficial del expediente académico universitario con calificaciones.
  4. "Curriculum vitae" del solicitante en el que se expondrá sus méritos académicos y profesionales, con todos los documentos acreditativos de los mismos. Únicamente se tendrán en cuenta los que guarden relación con el objeto de la beca y que sean debidamente justificados.
  5. Declaración jurada de renuncia a otras becas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración y organismo público como consecuencia de expediente disciplinario, y no haber perdido la condición de becario en entidad pública como consecuencia del incumplimiento de obligaciones.
  6. Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como del resto de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  7. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
  8. Fotocopia compulsada del título académico exigido conforme al artículo 2 de la presente Orden, o en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición correspondiente.

Toda la documentación deberá ser original o copia debidamente autentificada. Únicamente se valorarán aquellos méritos que se acrediten documentalmente, a través de la presentación del original o fotocopia compulsada de títulos, certificados y diplomas.

Conforme a lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y sin perjui­cio de los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la presentación de la solicitud supone la prestación del consentimiento por parte de la persona interesada para que el órgano instruc­tor del procedimiento pueda recabar de los organismos competentes la información relativa a:

a) Datos acreditativos de la identidad del solicitante.

b) El cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) El cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

d) El cumplimiento de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

e) Resto de datos o documentos emitidos o en poder de cualquier Administración Pública.

No obstante, el solicitante podrá denegar o revocar de forma expresa este consentimiento, a través de comunicación escrita a la Dirección General competente, manifestando su voluntad en tal sentido. En este supuesto deberá presentar los documentos acreditativos correspondien­tes, siendo la no aportación de estos, causa de requerimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

No será necesario aportar la documentación exigida que ya obra en poder de cualquier ór­gano o unidad de la Administración Pública siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se identifique el documento o documentos afectados.

b) Que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia y procedimiento en que fueron entregados.

c) Que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

d) Que conste que no existe oposición a la consulta y comprobación de dicha documentación.

Impresos
Modelo de Solicitud

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
Plazo de resolución
6 Meses
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
-
Órgano
-
Plazo
-

Otras convocatorias

No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras

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