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CONVOCATORIA 2024 Orden PRE/52/2024

ORDEN PRE/63/2024, DE 8 DE JULIO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA EN RIESGO DE DESPOBLAMIENTO, DESTINADAS A LA PROMOCIÓN DE LA TAUROMAQUIA EN EL MUNDO RURAL.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificacion Adtva.
Órgano directivo
Direc. General de Seguridad y Proteccion Ciudadana (DIR3: A06029675)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Número BOC
Ext. núm. 28 - Enlace BOC
Fecha BOC
11/07/2024
Tipo de destinatario
Administración
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria incluidos en el anexo de la Orden PRE/134/2020, de 16 de noviembre, por la que se aprueba la Delimitación de Municipios afec­tados por riesgo de despoblamiento en Cantabria (BOC nº 226, de 24 de noviembre de 2020).

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
12/07/2024
Fecha fin plazo presentación
09/08/2024
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

Cada solicitud deberá incluir la siguiente documentación:

  1. Instancia debidamente cumplimentada, fechada y firmada (Anexo I).
  2. Certificación expedida por el funcionario de Administración Local con Habilitación de carácter Nacional de la Entidad Local, comprensiva de la resolución o acuerdo adoptada por el órgano   local competente por la que se dispone solicitar la subvención regulada en la presente orden.
  3. Presupuesto de las actuaciones subvencionables realizadas o a realizar por el Ayuntamiento, de entre las indicadas en el artículo 3 de esta orden.
  4. Certificación de la autoridad municipal competente de no incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006 de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  5. Certificación de la autoridad municipal competente de la cuenta corriente a nombre del Ayuntamiento en la que habrá de ingresarse la subvención que, en su caso, se conceda.
  6. Certificados expedidos por los organismos competentes que acrediten que la entidad local se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración de  la Comunidad Autónoma de Cantabria.

No será precisa la aportación de los certificados mencionados en el párrafo anterior cuando el solicitante autorice expresamente al órgano gestor a recabar sus datos. En caso de que no conste la autorización de manera expresa la misma se presumirá otorgada, salvo que se manifieste oposición expresa en cuyo caso se deberá aportar la documentación acreditativa correspondiente.

Impresos
Modelo de Solicitud.
Anexo.

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Seguridad y Protección Ciudadana.
Norma atributiva

Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Órgano que resuelve
Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa.
Norma atributiva

Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso portestativo de reposición o directamente recurso contencioso administrativo.
Órgano
Consejera de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa. En caso de recurso contencioso, Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
Plazo
1 mes para el recurso de reposición. 2 meses para el recurso contencioso-administrativo.

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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