CONVOCATORIA 2024 Orden MED/11/2018
RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN DE 26 DE FEBRERO DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS DESTINADAS A ESTIMULAR EL CEBO DE TERNEROS Y POTROS MACHOS DE LAS RAZAS LOCALES AMENAZADAS DE CANTABRIA PARA EL AÑO 2024.
Hay otras convocatorias vigentes. Compruebe para qué convocatoria desea presentar su solicitud.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria Desarrollo Rural, Ganaderia, Pesca y Alimentacion
- Órgano directivo
- Direc. General de Ganaderia (DIR3: A06027832)
- Clasificación
- Ayuda/Subvención
- Materia(s)
- Becas, ayudas y premios
- Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
-
- Número BOC
- 47 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 06/03/2024
- Tipo de destinatario
- Ciudadano
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
- Podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas que se convocan, los titulares de explotación que mantengan alguna de las razas especificadas en el apartado primero. Esta ayuda tendrá la consideración de ayuda de mínimis y cumplirá con lo establecido en el Reglamento (UE) 1408/2013, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola.
- Podrá ser beneficiario de las ayudas reguladas por la presente Orden, cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera de vacuno y/o equino, sita en Cantabria y que se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con las haciendas Estatal, Autonómica y frente a la Seguridad Social.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 07/03/2024
- Fecha fin plazo presentación
- 02/09/2024
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- Lugar(es) para presentación presencial
- En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Publico Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Documentación
Las solicitudes, suscritas por el solicitante o en su caso por su representante legal, irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Relación de reses por los que solicita ayuda (Anexo II).
- Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria (Anexo III).
- Certificación del matadero con los datos de sacrificio (peso canal).
- Certificación de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con la hacienda Pública estatal y Autonómica y con la Seguridad Social, salvo autorización para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria consulte directamente dicha información telemáticamente.
La presentación de la solicitud de ayuda llevará implícita la aceptación de las obligaciones y requisitos establecidos en sus bases reguladoras. Asimismo, conlleva la autorización al órgano concedente para recabar los certificados acreditativos de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social. El solicitante puede denegar expresamente el consentimiento debiendo en este caso aportar los correspondientes certificados acreditativo.
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Ganadería y Desarrollo Rural
- Norma atributiva
Orden MED/11/2018, de 13 de febrero, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas para estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas autóctonas de Cantabria.
- Órgano que resuelve
- Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación
- Norma atributiva
Orden MED/11/2018, de 13 de febrero, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas para estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas autóctonas de Cantabria.
- Plazo de resolución
- 2 Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio de oficio:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Reposición
- Órgano
- Consejero Medio Rural, Pesca y Alimentación
- Plazo
- 1 mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca los efectos del silencio.
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden MED/11/2018, de 13 de febrero, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas para estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas autóctonas de Cantabria
- Orden MED/2/2023, de 14 de febrero, por la que se modifca la Orden MED/11/2018, de 13 de febrero, por la que se regulan las bases de un régimen de ayudas para estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas autóctonas de Cantabria.
Otras convocatorias
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 13 de febrero de 2020, por la que se convocan las ayudas destinadas a estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas autóctonas de Cantabria en el año 2020.
Resolución de 16 de febrero de 2021, por la que se convocan las ayudas destinadas a estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas autóctonas de Cantabria en el año 2021.
Resolución del consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de 31 de marzo de 2022, por la que se convocan ayudas destinadas a estimular el cebo de terneros machos de las razas bovinas autóctonas de Cantabria para 2022.
Resolución del Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de 11 de abril de 2023, por la que se convocan las ayudas destinadas a estimular el cebo de terneros y potros machos de las razas locales amenazadas de Cantabria para el año 2023.
Presentación
Nueva presentación electrónica ¿Cómo realizar una presentación electrónica?Hay otras convocatorias vigentes. Compruebe para qué convocatoria desea presentar su solicitud.
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.