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CONVOCATORIA 2024 Orden IND/26/2024

Orden IND/31/2024, 8 de julio, por la que se convoca para el año 2024 la línea de subvenciones "Cheques de Innovación".

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Órgano directivo
Direc. General de Innovac.,Desarrollo Tecnologico y Emprendimiento Industrial (DIR3: A06016406)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Tecnología, Investigación e Innovación
Energía e industria
Empresas
Número BOC
138 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
17/07/2024
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrá tener la condición de persona beneficiaria la pyme o autónomo, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el artículo 2.1 de la orden de bases y la desarrolle de forma mayoritaria, esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social y disponga de las autorizaciones que la normativa nacional y comunitaria le exija para su actividad industrial, en su caso. La acreditación de la concurrencia de dichas circunstancias será comprobada por el órgano instructor.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
18/07/2024
Fecha fin plazo presentación
19/08/2024
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  • Anexo II firmado y sellado por el proveedor del servicio prestado.
  • Relación numerada de facturas y justificantes de pago, en formato Excel, que contenga los siguientes campos y en el siguiente orden: número de orden correlativo, número de factura, fecha de factura, proveedor, concepto, importe sin IVA, importe con IVA, fecha de pago.
  • Copia de las facturas detalladas justificativas de las inversiones, las cuales deberán reunir los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y estar emitidas a nombre de la empresa solicitante de la subvención en las fechas previstas en esta orden de convocatoria. Se adjuntarán siguiendo el orden de la relación numerada.
  • Comprobantes de pago-extractos de la cuenta bancaria en el que figure el cargo de la transferencia de las facturas abonados por la empresa solicitante de la subvención en las fechas establecidas en esta orden. Los pagos deberán haberse realizado a través de entidades financieras y la fecha del pago será, a todos los efectos, la fecha de valor que figure en el correspondiente cargo o adeudo. Se adjuntarán siguiendo el orden de la relación numerada.
  • En su caso, documentación acreditativa que justifique el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.6 de Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, modificado por la Ley de Cantabria 11/2020, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, que establece que las personas jurídicas beneficiarias de subvenciones por importe mínimo de 10.000 euros deberán publicar en su página web, en un apartado específico sobre transparencia, las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tales como presidente, secretario general, gerente, tesorero y director técnico, en los términos del artículo 39.6 de la misma ley.
  • Memoria que incluya todas aquellas actividades de publicación y divulgación del proyecto subvencionado, incluida la página web de la entidad beneficiaria, en su caso, con las pruebas documentales que se estimen pertinentes (fotografías de los carteles informativos, capturas de pantalla de páginas web, copia de folletos, artículos de prensa, etc..), acreditativa del cumplimiento de los establecido en el artículo 4 de las bases reguladoras y del apartado Cuarto de la presente convocatoria.
  • Soporte fotográfico que refleje la inversión.
  • Documento acreditativo del servicio facturado, cuyo contenido mínimo será, para cada actuación, el siguiente:

ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE

CONTENIDO MINIMO DOCUMENTACIÓN

ACTUACIÓN 1. PLANES TECNOLÓGICOS.

ACT. 1.1. Diagnósticos y Planes-Auditorías Tecnológicas.

Diagnóstico o plan, incluyendo entre otros:

  • Identificación de procesos/tecnologías/actividades vinculadas a la innovación a diagnosticar/auditar.
  • Justificación e integración en la visión de la empresa.
  • Situación de partida de las tecnologías, procesos y productos, así como alcance previsto.
  • Planificación de acciones.

ACT. 1.2. Modelos de eco-innovación y eco-diseño.

ACT. 1.3. Nuevos modelos de negocio vinculados a la industria 4.0.

ACTUACIÓN 2. PLANES INDUSTRIALES.

ACT. 2.1. Aplicación tecnologías facilitadoras vinculadas a la industria 4.0 (Big data, fabricación aditiva, IoT, ciberseguridad, cloud computing, robótica, realidad aumentada, sistemas de realidad virtual, visión artificial, virtualización) en general.

Proyecto o informe técnico, incluyendo entre otros:

  • Procesos/actividades sobre los que se realiza la actuación.
  • Descripción de tecnologías utilizadas y su implementación.
  • Programas/licencias utilizados.
  • Breve descripción del sistema y su funcionamiento.

ACT. 2.2. Pruebas de concepto, tests, y validación experimental de:

-           Prototipos de nuevos productos y/o servicios.

-           Procesos piloto.

-           Nuevos métodos y materiales.

Proyecto o Memoria, incluyendo entre otros:

  • Informe técnico: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones...
  • Plan de Ensayos.
  • Plan de validación y verificación industrial.

ACT. 2.3. Rediseño o generación de nuevos productos o servicios innovadores.

Informe técnico o proyecto: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones...

Descripción de los productos o servicios desarrollados.

ACT. 2.4. Transformación o reingeniería de procesos de fabricación.

Informe técnico: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones...

Descripción de los procesos analizados, acciones realizadas, plan de implementación.

ACT 2.5. Actividades de diseño industrial, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de producción, vinculados a nuevos productos, procesos o servicios diferenciadores.

Informe técnico sobre los sistemas de producción, procesos, actividades o tecnologías: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones...

Descripción de los productos, procesos o servicios vinculados, acciones realizadas, plan de implementación.

ACT. 2.6. Aplicación de las TIC a:

-           Eficiencia energética, sostenibilidad y medioambiente.

-           Logística, transporte y distribución.

-           Comercio electrónico.

-           Apertura de canales y contenidos avanzados (APPS, comercio electrónico, medios de pago).

-           Desarrollo y/o integración de nuevo software vinculado a la implantación de innovaciones tecnológicas.

Proyecto o informe técnico, incluyendo:

  • Descripción de las actuaciones realizadas.
  • Descripción de las tecnologías aplicadas.
  • Equipos, licencias, programas u otros.
  • Descripción del sistema y su funcionamiento.
  • Demostración de la aplicación implementada.

ACTUACIÓN 3. PATENTES, PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL y  NORMALIZACIÓN.

ACT 3.1. Gestión y solicitud de patentes, modelos de utilidad, u otros modelos de protección de la propiedad intelectual.

  • Informe técnico o memoria.
  • Documentación de la solicitud o patente, modelo, etc.
  • Certificación.

ACT 3.2. Sistemas de familia normas UNE 166000.

ACTUACIÓN 4.  PROCESOS EFICIENTES.

Métodos y herramientas de gestión avanzada, técnicas y herramientas LEAN, círculos de calidad, mini-fábricas, autoevaluación REDER, análisis ciclo de vida.

Memoria o proyecto, incluyendo

  • Identificación de procesos/tecnologías/actividades
  • Situación de partida y alcance previsto.
  • Descripción de las técnicas-herramientas a implementar.
  • Plan de acción, indicadores, responsables...
  • Otros.

La presentación de la solicitud para la obtención de subvención conllevará la autorización de la entidad solicitante para que la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento por la entidad solicitante de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, así como con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, a través de certificados telemáticos.

En el supuesto de que la solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, deberá presentar dichos certificados junto con su solicitud de subvención.

La presentación de la solicitud, asimismo, conllevará la autorización para que la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial realice la consulta sobre la identidad de la persona firmante al sistema de verificación de datos, de conformidad con la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre de 2006), en su caso. En caso de no autorizar deberá aportar DNI.

Impresos
Modelo de Solicitud
Anexo II

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial.
Norma atributiva

Orden IND/15/2021, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones Cheques de Innovación (BOC 15 abril de 2021).

Órgano que resuelve
Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio.
Norma atributiva

Orden IND/15/2021, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones Cheques de Innovación (BOC.15-04-2021).

Plazo de resolución
6 Meses
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Recurso potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo.
Órgano
Recurso administrativo: Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio. Recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria .
Plazo
Recurso administrativo (potestativo): 1 mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acto que se impugna. Recurso contencioso administrativo: 2 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acto que se impugna.

Otras convocatorias

Orden INN/24/2020, de 17 de junio, por la que se convoca para el año 2020 la línea de subvenciones "Cheques de Innovación (COVID 19)".

Ayuda/Subvención

Orden IND/28/2021, de 4 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de la línea de subvenciones ¿Cheques de Innovación¿

Ayuda/Subvención

Orden IND/45/2022, de 22 de junio, por la que se convoca para el año 2022 la línea de subvenciones "Cheques de Innovación".

Ayuda/Subvención

Orden IND/17/2023, de 3 de marzo, por la que se convoca para el año 2023 la línea de subvenciones Cheques de Innovación.

Ayuda/Subvención

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