CONVOCATORIA 2024 Orden IND/26/2024
Orden IND/31/2024, 8 de julio, por la que se convoca para el año 2024 la línea de subvenciones "Cheques de Innovación".
Hay otras convocatorias vigentes. Compruebe para qué convocatoria desea presentar su solicitud.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
- Órgano directivo
- Direc. General de Innovac.,Desarrollo Tecnologico y Emprendimiento Industrial (DIR3: A06016406)
- Clasificación
- Ayuda/Subvención
- Materia(s)
- Tecnología, Investigación e Innovación
- Energía e industria
- Empresas
-
- Número BOC
- 138 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 17/07/2024
- Tipo de destinatario
- Empresa
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
Requisitos
Podrá tener la condición de persona beneficiaria la pyme o autónomo, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular en Cantabria de una de las actividades económicas relacionadas en el artículo 2.1 de la orden de bases y la desarrolle de forma mayoritaria, esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social y disponga de las autorizaciones que la normativa nacional y comunitaria le exija para su actividad industrial, en su caso. La acreditación de la concurrencia de dichas circunstancias será comprobada por el órgano instructor.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- -
- Fecha inicio plazo presentación
- 18/07/2024
- Fecha fin plazo presentación
- 19/08/2024
- Vías de presentación
- Telemática
-
- Telemática
- En el Registro Electrónico General
- El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
Documentación
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Anexo II firmado y sellado por el proveedor del servicio prestado.
- Relación numerada de facturas y justificantes de pago, en formato Excel, que contenga los siguientes campos y en el siguiente orden: número de orden correlativo, número de factura, fecha de factura, proveedor, concepto, importe sin IVA, importe con IVA, fecha de pago.
- Copia de las facturas detalladas justificativas de las inversiones, las cuales deberán reunir los requisitos previstos en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y estar emitidas a nombre de la empresa solicitante de la subvención en las fechas previstas en esta orden de convocatoria. Se adjuntarán siguiendo el orden de la relación numerada.
- Comprobantes de pago-extractos de la cuenta bancaria en el que figure el cargo de la transferencia de las facturas abonados por la empresa solicitante de la subvención en las fechas establecidas en esta orden. Los pagos deberán haberse realizado a través de entidades financieras y la fecha del pago será, a todos los efectos, la fecha de valor que figure en el correspondiente cargo o adeudo. Se adjuntarán siguiendo el orden de la relación numerada.
- En su caso, documentación acreditativa que justifique el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.6 de Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública, modificado por la Ley de Cantabria 11/2020, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, que establece que las personas jurídicas beneficiarias de subvenciones por importe mínimo de 10.000 euros deberán publicar en su página web, en un apartado específico sobre transparencia, las retribuciones anuales e indemnizaciones de los titulares de los órganos de administración o dirección, tales como presidente, secretario general, gerente, tesorero y director técnico, en los términos del artículo 39.6 de la misma ley.
- Memoria que incluya todas aquellas actividades de publicación y divulgación del proyecto subvencionado, incluida la página web de la entidad beneficiaria, en su caso, con las pruebas documentales que se estimen pertinentes (fotografías de los carteles informativos, capturas de pantalla de páginas web, copia de folletos, artículos de prensa, etc..), acreditativa del cumplimiento de los establecido en el artículo 4 de las bases reguladoras y del apartado Cuarto de la presente convocatoria.
- Soporte fotográfico que refleje la inversión.
- Documento acreditativo del servicio facturado, cuyo contenido mínimo será, para cada actuación, el siguiente:
ACTUACIÓN SUBVENCIONABLE |
CONTENIDO MINIMO DOCUMENTACIÓN |
ACTUACIÓN 1. PLANES TECNOLÓGICOS. |
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ACT. 1.1. Diagnósticos y Planes-Auditorías Tecnológicas. |
Diagnóstico o plan, incluyendo entre otros:
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ACT. 1.2. Modelos de eco-innovación y eco-diseño. |
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ACT. 1.3. Nuevos modelos de negocio vinculados a la industria 4.0. |
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ACTUACIÓN 2. PLANES INDUSTRIALES. |
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ACT. 2.1. Aplicación tecnologías facilitadoras vinculadas a la industria 4.0 (Big data, fabricación aditiva, IoT, ciberseguridad, cloud computing, robótica, realidad aumentada, sistemas de realidad virtual, visión artificial, virtualización) en general. |
Proyecto o informe técnico, incluyendo entre otros:
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ACT. 2.2. Pruebas de concepto, tests, y validación experimental de: - Prototipos de nuevos productos y/o servicios. - Procesos piloto. - Nuevos métodos y materiales. |
Proyecto o Memoria, incluyendo entre otros:
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ACT. 2.3. Rediseño o generación de nuevos productos o servicios innovadores. |
Informe técnico o proyecto: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones... Descripción de los productos o servicios desarrollados. |
ACT. 2.4. Transformación o reingeniería de procesos de fabricación. |
Informe técnico: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones... Descripción de los procesos analizados, acciones realizadas, plan de implementación. |
ACT 2.5. Actividades de diseño industrial, ingeniería y puesta a punto de nuevos sistemas de producción, vinculados a nuevos productos, procesos o servicios diferenciadores. |
Informe técnico sobre los sistemas de producción, procesos, actividades o tecnologías: descripción de la situación actual, necesidades, objetivos, metodología, desarrollo, conclusiones... Descripción de los productos, procesos o servicios vinculados, acciones realizadas, plan de implementación. |
ACT. 2.6. Aplicación de las TIC a: - Eficiencia energética, sostenibilidad y medioambiente. - Logística, transporte y distribución. - Comercio electrónico. - Apertura de canales y contenidos avanzados (APPS, comercio electrónico, medios de pago). - Desarrollo y/o integración de nuevo software vinculado a la implantación de innovaciones tecnológicas. |
Proyecto o informe técnico, incluyendo:
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ACTUACIÓN 3. PATENTES, PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL y NORMALIZACIÓN. |
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ACT 3.1. Gestión y solicitud de patentes, modelos de utilidad, u otros modelos de protección de la propiedad intelectual. |
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ACT 3.2. Sistemas de familia normas UNE 166000. |
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ACTUACIÓN 4. PROCESOS EFICIENTES. |
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Métodos y herramientas de gestión avanzada, técnicas y herramientas LEAN, círculos de calidad, mini-fábricas, autoevaluación REDER, análisis ciclo de vida. |
Memoria o proyecto, incluyendo
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La presentación de la solicitud para la obtención de subvención conllevará la autorización de la entidad solicitante para que la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento por la entidad solicitante de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Seguridad Social, así como con la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, a través de certificados telemáticos.
En el supuesto de que la solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, deberá presentar dichos certificados junto con su solicitud de subvención.
La presentación de la solicitud, asimismo, conllevará la autorización para que la Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial realice la consulta sobre la identidad de la persona firmante al sistema de verificación de datos, de conformidad con la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre de 2006), en su caso. En caso de no autorizar deberá aportar DNI.
- Impresos
- Modelo de Solicitud
- Anexo II
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Innovación, Desarrollo Tecnológico y Emprendimiento Industrial.
- Norma atributiva
Orden IND/15/2021, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones Cheques de Innovación (BOC 15 abril de 2021).
- Órgano que resuelve
- Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio.
- Norma atributiva
Orden IND/15/2021, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de subvenciones Cheques de Innovación (BOC.15-04-2021).
- Plazo de resolución
- 6 Meses
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
- Recurso potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo.
- Órgano
- Recurso administrativo: Consejero de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio. Recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria .
- Plazo
- Recurso administrativo (potestativo): 1 mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acto que se impugna. Recurso contencioso administrativo: 2 meses a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación del acto que se impugna.
Normativa
Otras convocatorias
Orden INN/24/2020, de 17 de junio, por la que se convoca para el año 2020 la línea de subvenciones "Cheques de Innovación (COVID 19)".
Orden IND/28/2021, de 4 de junio, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de la línea de subvenciones ¿Cheques de Innovación¿
Orden IND/45/2022, de 22 de junio, por la que se convoca para el año 2022 la línea de subvenciones "Cheques de Innovación".
Orden IND/17/2023, de 3 de marzo, por la que se convoca para el año 2023 la línea de subvenciones Cheques de Innovación.
Presentación
Nueva presentación electrónica ¿Cómo realizar una presentación electrónica?Hay otras convocatorias vigentes. Compruebe para qué convocatoria desea presentar su solicitud.
¿Necesita ayuda?
El se rvicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.