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CONVOCATORIA 2024 Orden FOM/7/2024

Orden FOM/7/2024, de 5 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en centros públicos de referencia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2024. Programa ÚNICO-SERVICIOS PÚBLICOS.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Transportes y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
Becas, ayudas y premios
Número BOC
114 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
13/06/2024
Tipo de destinatario
Ciudadano
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los ayuntamientos de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación
-
Fecha inicio plazo presentación
14/06/2024
Fecha fin plazo presentación
13/08/2024
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

Las solicitudes de subvención deberán presentarse debidamente cumplimentadas, fechadas y firmadas por el alcalde o alcaldesa y acompañadas de la siguiente documentación:
 
  1. Una memoria descriptiva y cuantificada del proyecto, incluyendo detalles de inversión, fecha prevista de puesta en funcionamiento, importes de gastos, vinculación de equipamiento y su funcionabilidad con el proyecto subvencionable, firmada y sellada por el solicitante.
  2. Certificación expedida por el secretario de la Corporación o representante de la Entidad Local de la resolución adoptada por el órgano competente por la que se dispone a solicitar la subvención regulada en la presente orden.
  3. Declaración expresa responsable de no haber solicitado/recibido ayudas para el mismo proyecto objeto de la solicitud, haciendo constar, en caso contrario, el organismo o administración otorgante, denominación de la convocatoria y su importe, incluida en el Anexo I.
  4. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones de las establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, incluida en el Anexo I.
  5. Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, incluida en el Anexo I.
  6. Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, incluida en el Anexo I.
  7. Declaración sobre la adecuación del proceso de contratación de las actuaciones por parte de la entidad beneficiaria a la normativa aplicable en materia de contratos; la existencia de una contabilidad separada o diferenciada para todas las transacciones relacionadas; el cumplimiento de las normas nacionales y europeas sobre requisitos de igualdad de oportunidades y no discriminación aplicables a este tipo de actuaciones; el cumplimiento de las normas medioambientales, de calidad del aire, residuos y vertidos nacionales y europeas, y sobre desarrollo sostenible, incluidas en el Anexo I.
  8. Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI), según modelo del Anexo II.
  9. Declaración responsable de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR, según modelo del Anexo III.
  10. Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR, comprometiéndose por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias, según modelo del Anexo IV.
  11. Declaración sobre las condiciones específicas de ejecución de la inversión C15.I2 del PRTR en virtud del Real Decreto 987/2021, de 16 de noviembre, según el modelo del Anexo V.
  12. Declaración de cumplimiento de cláusula de compromiso de lucha contra el fraude y canales de denuncia en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR, según modelo del Anexo VI.
  13. Declaración responsable firmada por el representante legal de cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (DNSH) según modelo del Anexo VII.

La presentación del modelo normalizado de solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante a la Dirección General de Transportes y Comunicaciones para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (A.E.A.T.), por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos, a través de certificados telemáticos. En el supuesto de que el solicitante manifestará expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos deberá presentar junto con su solicitud de subvención los oportunos certificados, o bien declaración responsable de estar al corriente de tales obligaciones suscrita por el interventor general o secretario-interventor del Ayuntamiento. La presentación de esta declaración se hace sin perjuicio del control, por parte de los órganos gestores, del cumplimiento de las obligaciones por la entidad solicitante.

Impresos
Modelo de Solicitud
Anexos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
Norma atributiva

Orden FOM/7/2024, de 5 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de refuerzo de conectividad en CENTROS PÚBLICOS DE REFERENCIA, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2024. Programa ÚNICO-SERVICIOS PÚBLICOS.

Órgano que resuelve
Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Norma atributiva

Orden FOM/7/2024, de 5 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas actuaciones de refuerzo de conectividad en CENTROS PÚBLICOS DE REFERENCIA, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, en el año 2024. Programa ÚNICO-SERVICIOS PÚBLICOS.

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Potestativo de reposición o contencioso administrativo.
Órgano
Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente el potestativo de reposición / Sala de lo contencioso - administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria el contencioso-administrativo.
Plazo
Un mes computado a partir del día siguiente a su notificación para el recurso potestativo de reposición, o dos meses contados a partir del dia siguiente a su notificación para el recurso contencioso-administrativo.

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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