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CONVOCATORIA 2024 Orden FOM/12/2024

Orden FOM/12/2024, de 31 julio, por la que se establecen las bases

reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de

diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU, en el año 2024, Programa ÚNICO-INDUSTRIAS y EMPRESAS.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Fomento, Vivienda, Ordenacion del Territorio y Medio Ambiente
Órgano directivo
Direc. General de Transportes y Comunicaciones (DIR3: A06004055)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Becas, ayudas y premios
Telecomunicaciones y Sociedad de la Información
Energía e industria
Número BOC
153 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
Fecha BOC
08/08/2024
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden, para cada una de las líneas de actuación subvencionable previstas en el artículo anterior:

a) Para la línea de actuación 1: las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, y adherido a la presente convocatoria, pudiendo estar registrados en el Registro de Adhesiones de instaladores y operadores de telecomunicaciones en el ámbito territorial de Cantabria (CONECTA) regulado en la Orden IND/38/2022, de 10 de junio.

b) Para la línea de actuación 2: cabe distinguir:

  • En el supuesto de ámbitos de actuación material ubicados en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho público: las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en artículos 6 y 7 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, y adherido a la presente convocatoria, pudiendo estar registrados en el Registro de Adhesiones de instaladores y  operadores de telecomunicaciones en el ámbito territorial de Cantabria (CONECTA) regulado en la Orden IND/38/2022, de 10 de junio.
  • En el supuesto de ámbitos de actuación material ubicados en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho privado: las comunidades de propietarios sujetas al régimen de propiedad horizontal, las agrupaciones de propietarios y las entidades, de derecho público o privado, vinculadas a la gestión, funcionamiento o dinamización de un polígono industrial o centro logístico, incluidas las entidades urbanísticas colaboradoras de conservación previstas en el artículo 24 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan beneficiarse de esta actuación.

c) Para la línea de actuación 3: las personas físicas y jurídicas titulares y arrendatarios de bienes inmuebles situados en un ámbito material de actuación o, en su caso, en sus zonas industriales adyacentes, así como las comunidades de propietarios sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la línea de actuación subvencionable 1 y al supuesto previsto en el apartado i) de la línea de actuación 2 será de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes correspondientes al supuesto previsto en el apartado ii) de la línea de actuación subvencionable 2 y a la línea de actuación subvencionable 3 estará abierto de forma continuada, desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria, hasta el agotamiento del crédito disponible, teniendo en cuenta que el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda será el 31 de diciembre de 2024.

Fecha inicio plazo presentación
09/08/2024
Fecha fin plazo presentación
31/12/2024
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  1. Una memoria descriptiva y cuantificada del proyecto, incluyendo detalles de inversión, fecha de alta, importes de gastos, vinculación de equipamiento y su funcionabilidad con el proyecto subvencionable, firmada y sellada por el solicitante. La memoria debe indicar de manera debidamente justificada que la actuación objeto de subvención se corresponde con una zona incluida dentro de los ámbitos materiales de actuación descritos en el punto primero de esta Orden. Se deberán aportar fotografías e indicar el emplazamiento concreto de la infraestructura objeto de solicitud de subvención, indicando una referencia que permita su localización exacta (dirección exacta, coordenadas GPS, referencia catastral, etc.), además de todas las actividades de comunicación y divulgación del proyecto, incluida la web del beneficiario, en su caso, con las pruebas documentales que se estimen pertinentes (fotografías de los carteles informativos, capturas de pantalla de páginas web, copia de folletos, artículos de prensa, etc.). En el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3 se incluirá relación certificada y copia de las facturas y de sus justificantes bancarios de pago, correspondientes a la actuación realizada y que respondan a los presupuestos aceptados por la destinataria última y presentados en la solicitud de ayuda.
  2. Declaración responsable de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones determinadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de no encontrarse incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones previstas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, según modelo normalizado recogido en el Anexo II. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  3. Declaración responsable de que la empresa no está sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, así como de no encontrarse en situación de crisis con arreglo a lo que establecen el artículo 1.4.c) y 2.18) del Reglamento general de exención por categorías y las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C 249/01), según modelo normalizado recogido en el Anexo II. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  4. Declaración de ausencia de conflicto de intereses según modelo normalizado recogido en el Anexo III. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  5. Declaración de aceptación de cesión y tratamiento de datos para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) según modelo normalizado recogido en el Anexo IV. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  6. Declaración relativa al compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), incluyendo el compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión, según modelo normalizado recogido en el Anexo V. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  7. Declaración de cumplimiento de cláusulas de compromiso de lucha contra el fraude y canales de denuncia en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), incluyendo el compromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias según modelos normalizados recogidos en los Anexos IV y VI. Estos anexos serán adjuntados, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  8. Declaración de aceptación de condiciones específicas de ejecución de la inversión C15.I2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en virtud del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia según modelo normalizado recogido en el Anexo VII. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  9. Declaración de aceptación de condiciones específicas en relación con el principio de no causar daño significativo al medio ambiente DNSH según modelo normalizado recogido en el Anexo VIII. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  10. Declaración de aceptación de condiciones específicas en relación con las obligaciones de comunicación según modelo normalizado recogido en el Anexo IX. Este anexo será adjuntado, en el caso de las líneas de subvención 1 y 2.i por el operador. Y, en el caso de las líneas de actuación 2.ii y 3, tanto por el beneficiario final como por el instalador autorizado.
  11. Documento de adhesión para la ejecución de las actuaciones correspondientes a esta Orden, según modelo normalizado recogido en el Anexo X.
  12. Los solicitantes que desarrollen actividades económicas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
  13. En su caso, los tres presupuestos de acuerdo con lo previsto en el artículo 32.3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
  14. En su caso, borrador de contrato de subcontratación, según el punto séptimo, epígrafe tercero, párrafo segundo, de esta Orden de subvenciones. En su caso, declaración responsable, según el punto séptimo, epígrafe tercero, de esta Orden.
  15. Además de lo anterior, en las solicitudes relativas al supuesto previsto en el apartado ii) de la línea de actuación 2 y a la línea de actuación 3, se deberá aportar la siguiente documentación junto con la solicitud:
  • Relación certificada y copia de las facturas y de sus justificantes de pago, correspondientes a la actuación realizada y que respondan, en su caso, a los presupuestos aceptados.
  • Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas, que incluya fotografías de la situación antes y después de las actuaciones y, en su caso, de los equipos e instalaciones principales finales objeto de la ayuda, y donde se muestre el cartel publicitario de la actuación, cuyo diseño y distribución será realizado a través de la página web de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
Impresos
Modelo de Solicitud
Anexos

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Dirección General de Transportes y Comunicaciones.
Norma atributiva

Orden FOM/12/2024, de 31 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el marco del Plan de Recuperación,Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea "NextGenerationEU", en el año 2024, Programa ÚNICO-INDUSTRIAS y EMPRESAS.

Órgano que resuelve
Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Norma atributiva

Orden FOM/12/2024, de 31 julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea "NextGenerationEU", en el año 2024, Programa ÚNICO- INDUSTRIAS y EMPRESAS .

Plazo de resolución
6 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Potestativo de reposición o contencioso administrativo.
Órgano
Consejero de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente.
Plazo
Un mes computado a partir del día siguiente a su notificación para el recurso potestativo de reposición, o dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación para el recurso contencioso-administrativo.

Normativa

Normativa aplicada
Orden FOM/12/2024, de 31 julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU, en el año 2024, Programa ÚNICO-INDUSTRIAS y EMPRESAS
Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
0 Real Decreto 520/2024, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Corrección de errores al anuncio publicado en el Boletín Ofcial de Cantabria número 153, de 8 de agosto de 2024, de la Orden FOM/12/2024, de 31 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, fnanciado por la Unión Europea - NextGenerationEU, en el año 2024, Programa ÚNICO-INDUSTRIAS y EMPRESAS.

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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