CONVOCATORIA 2024 Orden ECD/27/2017 Área Administración y Gestión
Orden EDU/32/2024, por la que se convoca una beca de formación práctica en la Dirección general de Formación Profesional y Educación Permanente de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades para la realización de estudios y actividades en el área de Administración y Gestión.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General de Formacion Profesional y Educacion Permanente (DIR3: A06004085)
- Clasificación
- Beca
- Materia(s)
- Educación y formación
- Becas, ayudas y premios
- Periodo beca
La beca comenzará el día en que se produzca la incorporación de la persona becada, no antes del 19 de agosto de 2024, y tendrá una duración máxima de un año, o el periodo que reste hasta completar el plazo máximo legalmente establecido, en el supuesto de haber disfrutado con anterioridad de alguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, pudiendo prorrogarse, excepcionalmente y por una sola vez, en los términos establecidos en el punto tercero del presente apartado.
- Cuantía
El importe que percibirá el adjudicatario, previo informe del tutor acreditativo de la asistencia efectiva, será de ochocientos euros brutos mensuales (800 €) que se abonarán a mes vencido.
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- Número BOC
- 127 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 02/07/2024
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Podrán acceder a la condición de beneficiario de la beca objeto de esta Resolución, todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
- Poseer capacidad funcional para la realización de los estudios y cometidos que implican la aceptación de la beca.
- Poseer la titulación de Técnico Superior en Administración y Finanzas o de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección, y que se haya superado la formación del ciclo formativo en el curso 2018-2019 o en cursos posteriores.
- No haber sido beneficiario de ninguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
- Podrán acceder a la condición de beneficiario aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años legalmente establecido.
- No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.
- Obligaciones
Son obligaciones específicas de la persona beneficiaria de la beca, además de las contenidas en la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y de cualesquiera otras que pudieran establecerse legalmente, las previstas en el artículo 10 de la Orden ECD/27/2017, de 16 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas dirigidas a técnicos superiores de Formación Profesional del sistema educativo en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente. El cumplimiento de la obligación de aceptar la beca por escrito se realizará mediante el modelo del Anexo II.
El incumplimiento por el beneficiario de sus obligaciones, así como la no realización de las tareas para su formación práctica en condiciones satisfactorias, la ausencia injustificada, el bajo interés y bajo rendimiento serán causas de pérdida de la condición de becario y consecuentemente, de privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, previo informe previo informe de la persona que desempeña la tutoría y de la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.
La persona becaria tendrá obligación de entregar al tutor, con una antelación de quince días a la finalización de la beca, un informe escrito sobre la formación y experiencia adquiridas durante la duración de la beca, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga prevista en el artículo 8 de las bases reguladoras. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la pérdida de la última mensualidad.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
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- Fecha inicio plazo presentación
- 03/07/2024
- Fecha fin plazo presentación
- 16/07/2024
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
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- Lugar(es) para presentación presencial
En el registro auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (C/ Vargas 53, 7ª planta) o en las demás formas a que hace referencia el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Documentación requerida
Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexo
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Orden EDU/32/2024, por la que se convoca una beca de formación práctica en la Dirección general de Formación Profesional y Educación Permanente de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades para la realización de estudios y actividades en el área de Administración y Gestión.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente
- Norma atributiva
Orden ECD/27/2017, de 16 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas dirigidas a técnicos superiores de Formación Profesional del sistema educativo en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.
- Órgano que resuelve
- El titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.
- Norma atributiva
Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional
- Órgano
Consejero de Educación, Cultura y Deporte. Tribunal Superior de Justicia de la CCAA en caso de recurso contencioso administrativo
- Plazo
- Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto
Normativa
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.