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CONVOCATORIA 2024 DECRETO 26/2024

Decreto 26/2024, de 25 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas al fomento de la prevención de riesgos laborales en pequeñas y medianas empresas, en el marco de la Estrategia Cántabra de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2028.

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Datos generales

Consejería
Consejeria de Industria, Empleo, Innovacion y Comercio
Órgano directivo
Direccion del Icasst (DIR3: A06027806)
Clasificación
Ayuda/Subvención
Materia(s)
Salud
Empleo y Seguridad social
Becas, ayudas y premios
Número BOC
Extraordinario nº 15 - Enlace BOC
Fecha BOC
30/04/2024
Tipo de destinatario
Empresa
Sujeto a tasas o precios públicos
No

Requisitos

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en el presente decreto, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, ya sean personas físicas o jurídicas, las pequeñas y medianas empresas del sector privado (PYMES), incluyendo personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegio profesional que:

  1. Sean titulares de, al menos, un centro de trabajo en Cantabria.
  2. Cuenten con, al menos, una persona trabajadora por cuenta ajena a tiempo completo comparable en un centro de trabajo en Cantabria, durante los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud.

A tal efecto se tendrá en cuenta el número medio de personas trabajadoras que hayan permanecido en alta en la empresa teniendo en cuenta la jornada contratada en relación a la jornada completa.

  1. Cuenten con un plan de igualdad, si está obligada a ello, inscrito y registrado por la Autoridad Laboral competente, conforme a lo dispuesto en los artículos 45 y 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  2. Acrediten con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Plazos y presentación

Plazo de presentación

LÍNEA I: INVERSIONES PARA LA MEJORA DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO y LÍNEA III: FOMENTO DE ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y FORMACIÓN EN RIESGOS ESPECÍFICOS (Artículo 21 y Artículo 32)

La solicitud de subvención y la documentación necesaria deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al completo pago de los gastos subvencionables al proveedor o proveedores.

Para el caso de supuestos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a dicha publicación.

LÍNEA II: MEJORA DE LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (Artículo 26)

La solicitud de subvención y la documentación necesaria deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que se haya producido en Seguridad Social el alta del contrato.

Para el caso de supuestos subvencionables realizados entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de dos meses, contados a partir del día siguiente a dicha publicación.

Fecha inicio plazo presentación
01/05/2024
Fecha fin plazo presentación
02/01/2029
Vías de presentación
Telemática
Telemática
En el Registro Electrónico General
El art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, a) Las personas jurídicas, b) Las entidades sin personalidad jurídica, c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Documentación

Las solicitudes se presentarán acompañadas de la documentación que, para cada línea de subvención, requiere el capítulo II.

De conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo podrá consultar o recabar, en ausencia de oposición expresa de las personas interesadas, la documentación que se indica a continuación:

  1. Los datos o documentos emitidos o en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  2. Documento Nacional de Identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en territorio español, de la solicitante en el caso de empresas que sean personas físicas y de quien ejerza la representación de la empresa solicitante, según sea necesario.
  3. Informe del número medio anual de personas trabajadoras en situación de alta en la Seguridad Social.
  4. Vida laboral de empresa.
  5. Cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
  6. Cumplimiento de obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Además, las empresas interesadas podrán autorizar expresamente al Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo para recabar datos de carácter tributario a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre:

  1. Cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o Declaración Censal.

El tratamiento de datos de carácter personal a que se refieren los apartados anteriores figurará en la solicitud y alcanzará a todas aquellas actuaciones de comprobación sobre los referidos datos que la Administración deba efectuar, tanto durante la tramitación del procedimiento, como posteriormente durante el seguimiento y control de la subvención que pueda ser otorgada. No obstante, cada interesada podrá oponerse de forma expresa en cualquier momento, a través de comunicación escrita al Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo en tal sentido. En este supuesto la solicitante deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes según sean necesarios a efectos de tramitación, seguimiento y control de la subvención, siendo la no aportación de éstos causa para requerirle de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En el caso de que la solicitante se oponga a la consulta o no autorice el acceso a los datos a que se refieren los apartados 5 y 6 del artículo 7, así como en el caso de imposibilidad de obtención de dicha información a través de la plataforma de intermediación de las Administraciones Públicas, deberán presentarse los documentos correspondientes, según sea necesario.

LÍNEA I: INVERSIONES PARA LA MEJORA DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO :

La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente documentación común a todos los conceptos subvencionables:

  1. Documentación relativa a la empresa solicitante:
  • 1.º Documento A1: Declaración sobre otras ayudas, firmada electrónicamente: En el supuesto caso de haber percibido o solicitado otras ayudas para igual finalidad o ayudas de minimis para igual o distinta finalidad, declaración responsable comprensiva de los siguientes aspectos:

Obtención de cualquier otra ayuda de minimis recibida: en el caso de ayudas sometidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, en tres años anteriores a la presentación de la solicitud; en el caso de ayudas sometidas al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, o al Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se presenta la solicitud.

Identificación de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y/u obtenidos para la misma finalidad, excepto aquellas ayudas que consistan en reducciones o bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social, que no será necesario declarar. Cada solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse durante la fase de instrucción. En ambos casos se indicará si están acogidas al régimen de minimis.

  • Documento A2: Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
  • Documento A3: Certificado de titularidad bancaria de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión; este certificado debe estar firmado electrónicamente por la entidad financiera, de forma tal que su autenticidad pueda ser comprobada digitalmente.
  1.  Documentación común relativa a la inversión:
  • Documento B1: Planificación de la actividad preventiva correspondiente debidamente cumplimentada.
  • Documento B2: Memoria del proyecto de inversión en el modelo aprobado por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo que incluirá, en todo caso, información sobre: el centro de trabajo, la actividad desarrollada, características de la inversión, justificación de su necesidad, ubicación de la inversión realizada y la relación de conceptos subvencionables y sus justificantes de gasto y pago.
  • Facturas desglosadas conteniendo los conceptos necesarios para determinar la cuantía de la subvención, así como la acreditación de su completo pago a cada proveedor.

A la anterior documentación se añadirá la siguiente documentación, en función del concepto subvencionable:

  1. Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.a):
  • Evaluación de riesgos que identifique claramente la máquina antigua y los riesgos a los que están expuestos los trabajadores por el uso de la misma. Este documento deberá contener medidas preventivas asociadas a los riesgos a los que se expone por el uso de esta máquina.
  • Evaluación de riesgos tras la adquisición y, en su caso, instalación de los objetos subvencionables.
  • Acreditación de que la máquina a sustituir ha pertenecido a la empresa al menos diez años antes de la fecha de presentación de la solicitud y de que ha sido utilizada dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante ese tiempo.
  • Certificado de achatarramiento de la maquina antigua, en el que obligatoriamente ha de constar expresamente el importe abonado al beneficiario por este concepto o, en su caso, de no haberse recibido ninguna compensación económica.
  • Declaración responsable de la solicitante de poseer:

Declaración CE de conformidad de la máquina nueva.

Manual de instrucciones en el idioma del usuario.

Formación a los trabajadores usuarios en los riesgos y medidas preventivas en el uso de la nueva máquina.

Autorización, en su caso, para el uso de la nueva maquinaría a los trabajadores usuarios. 

En caso de instalación, documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

  1. Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.b):
  • Evaluación de riesgos que identifique los riesgos que justifiquen la necesidad de adquisición de los objetos subvencionables. Este documento deberá contener medidas preventivas asociadas a los riesgos a los que se expone a los trabajadores.
  • Evaluación de riesgos tras la adquisición y, en su caso, instalación de los objetos subvencionables.
  • Declaración responsable de la solicitante de poseer:

Declaración CE de Conformidad del equipo de trabajo.

Manual de instrucciones en el idioma del usuario.

Formación a los trabajadores usuarios en los riesgos y medidas preventivas en el uso del nuevo equipo.

Autorización para el uso de la nueva maquinaría a los trabajadores usuarios.

En caso de instalación, documentación acreditativa del cumplimiento del artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

Certificado de comprobación de los equipos y accesorios según se establece en el apéndice 8 de la Guía técnica del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo sobre utilización de equipos de trabajo.

  1. Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.c):
  • Evaluación de riesgos que identifique el riesgo derivado del acceso a cubiertas y del tránsito por las mismas. Este documento deber contener medidas preventivas asociadas a dichos riesgos.
  • Evaluación de riesgos tras la adquisición y, en su caso, instalación de los objetos subvencionables.
  • Declaración responsable de la solicitante de poseer:

Documentación acreditativa en la que se recojan las normas técnicas de referencia en base a las cuales se han fabricado los objetos subvencionables.

Certificado de instalación y comprobación previa a la utilización de los objetos subvencionables y su aptitud para un uso seguro.

Dosier técnico de la instalación de los objetos subvencionables que incluirá, al menos, documentación relativa a sus características técnicas aportadas por el fabricante, instrucciones de montaje e instrucciones de uso y mantenimiento.

Formación actualizada del técnico instalador, en el montaje y comprobación previa a la utilización de los objetos subvencionables.

Procedimiento de acceso y tránsito por la cubierta.

  1. Para el caso de inversiones descritas en el artículo 18.2.d):
  • Evaluación de riesgos que identifique los riesgos a los que están expuestos los trabajadores por la ausencia o ineficacia de los sistemas de control ambiental existentes. Este documento deberá contener medidas preventivas asociadas a los riesgos a los que se expone por contaminantes a los trabajadores.
  • Evaluación de riesgos tras la adquisición y, en su caso, instalación de los objetos subvencionables.
  • Declaración responsable de la solicitante de disponer de dosier de la instalación que incluya:

Expediente descriptivo de la instalación.

Normas de uso y mantenimiento de instalación.

Formación a los trabajadores usuarios en los riesgos y medidas preventivas en el uso de la nueva instalación.

Certificado de la instalación y de comprobación de acuerdo al artículo 4 del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio.

Manuales de instrucciones de las máquinas que conforman la instalación en el idioma del usuario.

Declaraciones CE de conformidad de las máquinas que formen parte del sistema instalado.

LÍNEA II: MEJORA DE LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente documentación:

  1. Documentación relativa a la empresa solicitante:
  • Documento A1: Declaración sobre otras ayudas, firmada electrónicamente: En el supuesto caso de haber percibido o solicitado otras ayudas para igual finalidad o ayudas de minimis para igual o distinta finalidad, declaración responsable comprensiva de los siguientes aspectos:

Obtención de cualquier otra ayuda de minimis recibida: en el caso de ayudas sometidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, en tres años anteriores a la presentación de la solicitud; en el caso de ayudas sometidas al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, o al Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se presenta la solicitud.

Identificación de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y/u obtenidos para la misma finalidad, excepto aquellas ayudas que consistan en reducciones o bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social, que no será necesario declarar. Cada solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse durante la fase de instrucción. En ambos casos se indicará si están acogidas al régimen de minimis.

  • Documento A2: Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
  • Documento A3: Certificado de titularidad bancaria de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión; este certificado debe estar firmado electrónicamente por la entidad financiera, de forma tal que su autenticidad pueda ser comprobada digitalmente.
  1. Documentación relativa a la persona trabajadora cuya contratación es objeto de solicitud de subvención:
  • Documento B1: Contrato de trabajo objeto de solicitud de subvención.
  • Documento B2: Autorización de la persona contratada para consultar los siguientes datos: Documento Nacional de Identidad o documento de identidad acreditativo equivalente; vida Laboral.
  • Documento B3: Acreditación de la capacitación exigida en el capítulo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención para desempeñar las funciones de nivel superior o de nivel intermedio, según el caso.
  1. Documentación relativa a la persona trabajadora contratada, en el supuesto caso de que ésta no preste la autorización a que se refiere el documento B2:
  • Documento C1: Documento Nacional de Identidad o documento de identidad acreditativo equivalente
  • Documento C2: Informe de vida laboral actualizado.

LÍNEA III: FOMENTO DE ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y FORMACIÓN EN RIESGOS ESPECÍFICOS

La solicitud de ayuda será acompañada de la siguiente documentación común a todos los conceptos subvencionables:

  1. Documentación relativa a la empresa solicitante:
  • Documento A1: Declaración sobre otras ayudas, firmada electrónicamente: En el supuesto caso de haber percibido o solicitado otras ayudas para igual finalidad o ayudas de minimis para igual o distinta finalidad, declaración responsable comprensiva de los siguientes aspectos:

Obtención de cualquier otra ayuda de minimis recibida: en el caso de ayudas sometidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, en tres años anteriores a la presentación de la solicitud; en el caso de ayudas sometidas al Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, o al Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en que se presenta la solicitud.

Identificación de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y/u obtenidos para la misma finalidad, excepto aquellas ayudas que consistan en reducciones o bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social, que no será necesario declarar. Cada solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse durante la fase de instrucción. En ambos casos se indicará si están acogidas al régimen de minimis.

  • Documento A2: Acreditación de la representación de la empresa solicitante, salvo en el supuesto de empresas que sean personas físicas que actúen en su propio nombre o salvo que la solicitud sea firmada con certificado electrónico de representante.
  • Documento A3: Certificado de titularidad bancaria de la cuenta bancaria que se indique para realizar el pago de la subvención en caso de concesión; este certificado debe estar firmado electrónicamente por la entidad financiera, de forma tal que su autenticidad pueda ser comprobada digitalmente.
  1. Documentación común relativa a la actuación:
  • Documento B1: Planificación de la actividad preventiva correspondiente debidamente cumplimentada.
  • Documento B2: Memoria del proyecto de actuación en el modelo aprobado por el Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo que incluirá, en todo caso, información sobre: el centro de trabajo, la actividad desarrollada, características de la actuación, justificación de su necesidad, ubicación de la actuación realizada y la relación de conceptos subvencionables y sus justificantes de gasto y pago.
  • Facturas desglosadas conteniendo los conceptos necesarios para determinar la cuantía de la subvención, así como la acreditación de su completo pago a cada proveedor.

A la anterior documentación se añadirá la siguiente documentación, en función del concepto subvencionable:

  1. Para el caso de inversiones descritas en las letras a), d), e) y f) del artículo 29.2:
  • Evaluación de riesgos que identifique los riesgos que justifiquen la necesidad de adquisición de los objetos subvencionables. Este documento deberá contener medidas preventivas asociadas a los riesgos a los que se expone a los trabajadores.
  • Evaluación de riesgos tras la adquisición y, en su caso, instalación de los objetos subvencionables.
  • Características técnicas y equipamiento de los objetos subvencionables. 
  • Declaración CE de conformidad y manual de instrucciones en el idioma del usuario.
  1. Para el caso de inversiones descritas en la letra b) del artículo 29.2:
  • Dosier descriptivo de los materiales con amianto y del riesgo de su presencia, acompañando fotografías.
  • Certificación final de la actuación de eliminación de materiales con amianto emitida por la empresa que haya acometido los trabajos.

El órgano instructor incorporará de oficio al expediente la resolución aprobatoria del plan de trabajo emitida por la Autoridad Laboral.

  • Acreditación de que la empresa RERA está certificada conforme a la "norma UNE 171370-1 Amianto- Cualificación de empresas que trabajan con materiales con amianto", mediante certificación en vigor emitida a tal efecto por una entidad de certificación acreditada por ENAC-Entidad Nacional de Acreditación o por un organismo nacional de acreditación.
  1. Para el caso de inversiones descritas en la letra c) del artículo 29.2: demostración del cumplimiento con la norma UNE 171370-1 mediante certificación en vigor emitida a tal efecto por una entidad de certificación acreditada por ENAC-Entidad Nacional de Acreditación o por un organismo nacional de acreditación.
Impresos
Modelo de solicitud Línea I
Modelo de solicitud Línea II
Modelo de solicitud Línea II
Anexos Línea I
Anexos Línea II
Anexos Línea III

Tramitación y resolución

Órgano instructor
Servicio de Promoción y Planificación Preventiva.
Norma atributiva

Artículo 9 del Decreto 26/2024, de 25 de abril, de concesión directa de ayudas en especie a Ayuntamientos de Municipios de población inferior a 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Cantabria destinadas a la dotación de puestos de trabajo inteligentes.

Órgano que resuelve
Directora del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Norma atributiva

Artículo 10 del Decreto 26/2024, de 25 de abril, de concesión directa de ayudas en especie a Ayuntamientos de Municipios de población inferior a 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Cantabria destinadas a la dotación de puestos de trabajo inteligentes.

Plazo de resolución
3 Meses
Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
Inicio por interesado:
Negativo
Pone fin a la vía administrativa

Recursos

Tipo
Reposición.
Órgano
Directora del Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Plazo
Un mes.

Normativa

Normativa aplicada
No hay normativa relacionada

Otras convocatorias

No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras

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