CONVOCATORIA 2023 Orden ECD/14/2016
Orden EDU/1/2023, por la que se convocan ayudas individualizadas para financiar el gasto de transporte escolar para el curso 2022-2023.
Datos generales
- Consejería
- Consejeria de Educacion, Formacion Profesional y Universidades
- Órgano directivo
- Direc. General de Centros e Infraestructuras Educativas (DIR3: A06027483)
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
- Materia(s)
- Educación y formación
- Becas, ayudas y premios
-
- Número BOC
- 28 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 09/02/2023
- Forma de inicio
- De oficio, Interesado
- Tipo de destinatario
- Ciudadanos
- Sujeto a tasas o precios públicos
- No
- Lenguas en que se puede completar el procedimiento
- Español
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Alumnos escolarizados en centros docentes de Cantabria durante el curso escolar 2022/2023 que no puedan hacer uso de las rutas de transporte contratadas por la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de Cantabria y que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
- Alumnos escolarizados en los centros públicos ubicados en Cantabria en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que, no disponiendo de centro docente adecuado al nivel de estudios que deben cursar en la localidad donde tengan fijado su domicilio familiar, no pueden hacer uso de las rutas de transporte contratadas al efecto por la Consejería de Educación y Formación Profesional para asistir a las clases.
- Alumnos escolarizados en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria en Escuelas-Hogar u otros centros con residencia dependientes de esta Consejería, para facilitar el traslado a sus respectivos domicilios durante los fines de semana cuando no esté contratado para este fin el servicio de transporte escolar con una empresa del sector.
- Alumnos de niveles obligatorios de enseñanza, que sean participantes de alguno de los siguientes programas, siempre y cuando los alumnos cumplan los requisitos establecidos en el artículo segundo:
- Sección Bilingüe de otras lenguas.
- ESPecial Atención al DEporte (ESPADE).
- Programa de Refuerzo, Orientación y Apoyo (PROA) en Institutos que dispongan de alguno de estos programas.
- Programa de Refuerzo Educativo de Centro (PREC).
- Alumnos con limitaciones físicas de tipo motórico o con necesidades educativas especiales que realicen estudios de enseñanzas escolares, independientemente del régimen jurídico del Centro, hasta las cuantías establecidas en el artículo octavo, siempre y cuando no puedan utilizar servicios regulares de transporte. Esta ayuda excepcional podrá complementar la concedida en la convocatoria del Ministerio de Educación y Formación Profesional para alumnos con necesidades educativas especiales, sin que en ningún caso la suma de ambas pueda superar el coste real del servicio ni el importe máximo establecido en el apartado quinto del artículo octavo.
- Alumnos con necesidad específica de apoyo educativo de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria que deban asistir, por indicación del centro en el que están escolarizados, a otras localidades para completar la formación lectiva a fin de evitar el abandono temprano de la educación.
- Alumnos de niveles no obligatorios de la enseñanza que residan en municipios catalogados en riesgo de despoblamiento, que no puedan utilizar los servicios de transporte contratados por la Consejería de Educación y Formación Profesional y que acudan a centros públicos a completar estudios de Bachillerato y/o Ciclos Formativos. Los municipios afectados son los que se detallan en la Orden PRE/134/2020, de 16 de noviembre, de la Consejería de Presidencia, Interior, Justifica y Acción Exterior (BOC del 24).
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
Las solicitudes para la concesión de estas ayudas en favor de los alumnos que se consideren acreedores de las mismas, así como los documentos que acrediten su derecho podrán presentarse, en las secretarías de los centros docentes, en los siguientes plazos:
- En el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para los alumnos actualmente matriculados.
- En los diez primeros días del mes de mayo para aquellos alumnos que se hayan matriculado con posterioridad al plazo de presentación establecido en el apartado a) o se haya producido un cambio de domicilio del alumno. En estos casos, de estimarse la solicitud, la cuantía será proporcional a los días de escolarización en el centro.
Hasta cinco días hábiles después de la finalización de los plazos de presentación de las solicitudes en los centros docentes podrán presentarse las solicitudes directamente en el Registro de la Consejería de Educación y Formación Profesional (C/ Vargas 53 - 7ª planta, Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Fecha inicio plazo presentación
- 01/05/2023
- Fecha fin plazo presentación
- 17/05/2023
- Periodicidad
- Sujeto a convocatoria
- Vías de presentación
- Telemática y presencial
-
- Lugar(es) para presentación presencial
Centros docentes o, hasta cinco días hábiles después de la finalización de los plazos de presentación de las solicitudes en los centros docentes, podrán presentarse las solicitudes directamente en el Registro auxiliar de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo (C/ Vargas 53 ) o en las demás formas a que hace referencia el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria
Documentación requerida
Modelo de Solicitud
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexo
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Orden EDU/7/2022, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2021-2022.
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Órgano instructor
- Dirección General de Innovación y Centros Educativos
- Norma atributiva
Orden ECD/14/2016, de 3 de marzo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas individualizadas de transporte escolar, modificada por Ordenes ECD 14/2017 y 15/2019
- Órgano que resuelve
- Titular de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo
- Norma atributiva
Art. 9.1 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de subvenciones de Cantabria y 6 de la Orden ECD/14/2016, de 3 de marzo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas individualizadas de transporte escolar, modificada por Ordenes ECD 14/2017 y 15/2019
- Plazo máximo de resolución
- 3 Meses
- Plazo medio de resolución
- Meses
- Efectos del silencio administrativo o inactividad de la Administración
- Inicio por interesado:
- Negativo
- Pone fin a la vía administrativa
- Sí
Recursos
- Tipo
Potestativo de reposición o directamente recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de dicho orden jurisdiccional
- Órgano
Consejero de Educación, Cultura y Deporte. Tribunal Superior de Justicia de la CCAA en caso de recurso contencioso administrativo
- Plazo
- Reposición: Un mes desde la publicación de la resolución si es expresa. Si no es expresa, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del acto presunto. Para el recurso contencioso-admvo, 2 meses desde la publicación de la resolución del procedimiento o, en su caso, desde la resolución de recurso de reposición. De no haber resolución expresa del recurso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan efectos acto presunto
Normativa
- Normativa aplicada
- Orden ECD/14/2016, de 3 de marzo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas individualizadas de transporte escolar
- Orden ECD/14/2017, de 13 de febrero de 2017, por la que se modifica la Orden ECD/14/2016, de 3 de marzo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas individualizadas de transporte escolar.
- Orden ECD/15/2019, de 15 de febrero de 2019, por la que se modifica la Orden ECD/14/2016, de 3 de marzo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas individualizadas de transporte escolar.
Otras convocatorias
No existen convocatorias vigentes relativas a estas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.