CONVOCATORIA 2022 Orden UIC/30/2022
Orden UIC/30/2022, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a aceleradoras culturales.
Datos generales
- Consejería
- Clasificación
- Ayuda / Subvención
-
- Número BOC
- 248 Extracto Convocatoria - Enlace BOC
- Fecha BOC
- 29/12/2022
- Enlaces a páginas Web con información específica
- Tipo
No se incluye ningún enlace
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones quienes cumplan los siguientes requisitos para cada modalidad:
- Modalidad A. Ayudas a personas físicas o jurídicas que realicen funciones de Aceleradora cultural
Podrán solicitar esta modalidad personas físicas o jurídicas privadas con domicilio social en Cantabria que acrediten un mínimo de 5 años de experiencia en el diseño e implementación de procesos de aceleración, innovación y crecimiento empresarial, así como en el desarrollo de metodologías de aceleración, incluyendo actividades formativas y de acompañamiento a empresas.
- Modalidad B. Ayudas a personas físicas o jurídicas que desarrollen y se beneficien de programas de aceleración cultural
Podrán solicitar esta modalidad los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las PYMES, las microempresas, así como personas físicas con el compromiso de constituirse como empresas o autónomos al recibir la ayuda. Los beneficiarios deberán tener domicilio, sede o delegación en Cantabria, y si no es así, al menos el 75% del proyecto habrá de desarrollarse en Cantabria.
Asimismo, será un requisito imprescindible haber participado como destinatario de los procesos y actividades formativas que se pondrán en marcha mediante la Modalidad A, de forma que sólo pueden ser beneficiarios finales de las subvenciones de la Modalidad B aquellas personas físicas o jurídicas que hayan participado en las citadas actividades formativas. El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante informe emitido por el beneficiario de la Modalidad A, quien lo habrá de emitir a fecha 16 de junio de 2023 indicando las personas efectivamente participantes en el programa, así como los que se consideran aptos o no aptos para ser beneficiarios de las subvenciones para inversión de capital. Así, el objetivo en la implementación de las dos modalidades será un desarrollo potencial de calado que contribuya a la aceleración cultural en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Dada la directa vinculación de las presentes ayudas al Plan de modernización, transformación y resiliencia de la economía española, los beneficiarios sólo podrán ser aquellos que tengan residencia fiscal permanente en territorio español.
Plazos y presentación
- Plazo de presentación
- Modalidad A: desde el 9 de enero al 20 de enero de 2023
- Modalidad B: desde el 3 de abril al 21 de abril de 2023
- Fecha inicio plazo presentación
- 09/01/2023
- Fecha fin plazo presentación
- 20/01/2023
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Documentación requerida
Modelo de Solicitud Modalidad A
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Modelo de Solicitud Modalidad B
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexos Modalidad A
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Anexos Modalidad B
Obligatorio en alguna modalidad
El documento es obligatorio en alguna de las modalidades. |
Tramitación y resolución
- Plazo máximo de resolución
- Plazo medio de resolución
Recursos
- Tipo
- No tiene
Normativa
Otras convocatorias
No existen otras convocatorias activas para las mismas bases reguladoras
Presentación
¿Necesita ayuda?
El servicio de Información General Telefónica 012 estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:
- Atención telefónica personal mediante agentes informadores, de 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
- Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos.
Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información. - Para llamadas telefónicas desde fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria puede marcar el 942 395 563 (desde el extranjero +34 942 395 563); si se llama desde Cantabria, puede marcar el 942 395 562.
- Este servicio se presta solo en español.